Menos partidos: Tribunal de Disciplina le rebaja el castigo a Nicolás Gamboa

La Segunda Sala del Tribunal de Disciplina decidió reducir de 15 a 8 fechas la sanción al silbante que dirigió a Audax Italiano frente a Universidad Católica en febrero.

Nicolás Gamboa Nicolás Gamboa fue sancionado con ocho fechas sin dirigir (Foto: Aton)

Nicolás Gamboa fue sancionado con 15 partidos sin dirigir tras su conducta en el partido entre Audax Italiano y la Universidad Católica en el estadio La Florida el 18 de febrero por la quinta fecha del Campeonato Nacional 2023.

Esta fue la decisión emitida por la Primera Sala del Tribunal Disciplina, por lo que quedaba una instancia más, a la cual el silbante fue con el objetivo de rebajar el castigo. Finalmente, la Segunda Sala si bien mantiene que existió falta del juez, decidió reducir el castigo a ocho jornadas, según informó La Tercera.

La Primera Sala acreditó que el silbante Gamboa “usó un lenguaje indebido y soez al referirse e increpar a un jugador del club Audax Italiano”.

El juez apeló para que su sanción de 15 partidos fuera rebajada o revocada. En la primera instancia, el fallo fue unánime en el fondo, pero tres integrantes del Tribunal se inclinaban por la opción de una sanción de ocho partidos.

A Nicolás Gamboa le rebajaron su castigo (Foto: Aton)
A Nicolás Gamboa le rebajaron su castigo (Foto: Aton)

Argumentos a favor de Gamboa

En la segunda Sala consideraron los argumentos del juez: “Tomando en cuenta las explicaciones dadas en estrados por el Árbitro Sr. Gamboa; ponderando la conducta anterior del denunciado; la actitud que se evidencia en las pruebas aportadas, del comportamiento de los jugadores durante el partido; las circunstancias personales concretas del árbitro en transcurso del encuentro, que está obligado a llevar adelante el partido, circunstancias con las que es humanamente posible empatizar”, señala el fallo.

Si bien, en el órgano autónomo acogen las cirscunstancias, consideran que no son justificación, pues al árbitro tiene una responsabilidad mayor: “El conocimiento experiencial de estos sentenciadores que han estado presentes en encuentros deportivos en que la rudeza de lenguaje no es extraña, aunque no por ello justificable; comparten el criterio de sancionar al árbitro que, en su carácter de juez imparcial en la cancha, conductor del encuentro y ministro de fe de lo que allí ocurra, pesa sobre él una responsabilidad y deber de cuidado superior a los otros participantes, aunque todos deban tener un comportamiento apropiado, educado y apegado a la ética deportiva y fair play”.