IPS paga en marzo $21.000 por hijo a familias que estén en el 60% del RSH

Este beneficio se entrega durante tres años de manera mensual.

Subsidio Familiar. Revisa también en qué casos no se puede cobrar este aporte. (Freepik)

Dentro de los muchos apoyos monetarios que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS), existe uno que está dirigido a personas y familias que estén dentro del 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.

Se trata del Subsidio Familiar, aporte que entrega $21.243 mensuales durante tres años por cada hijo, hija o persona con discapacidad (siendo en este caso un monto duplicado) que esté inscrita como carga.

¿Cómo inscribir cargas para recibir el Subsidio Familiar?

Para solicitar este beneficio, la persona tendrá que dirigirse a la municipalidad más cercana a donde viva y solicitar incorporar a sus cargas familiares.

Para ello, se le solicitarán una serie de documentos, los que si bien pueden variar según indique la institución, los más comunes que se piden son:

  • Certificado de nacimiento del niño, niña o adolescente.
  • Menores de 6 años: fotocopia del carné de control de niño sano.
  • Mayores de 6 y menores de 18 años: certificado de alumno regular.
  • Declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) para acreditar la condición de discapacidad intelectual.
  • Documento que acredite calidad de persona guardadora o cuidadora de un niño, niña o adolescente.

Por otro lado, en el caso de las mujeres embarazadas, pueden presentar desde su quinto mes de gestación un certificado que acredite su condición, para poder cobrar una variación de este bono llamada Subsidio Maternal.

Revisa los requisitos de este aporte.
Subsidio familiar. Revisa los requisitos de este aporte.

¿En qué casos no se puede cobrar el Subsidio Familiar?

Debido a que este aporte está dirigido a hogares donde sus ingresos no superen el valor del bono, hay algunos casos en los que incluso estando dentro del 60% del RSH no es posible cobrarlo:

  • Si se reciben los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
  • Si se cobra la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o la Pensión Garantizada Universal (PGU), respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.
  • Si se posee el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
  • Si el o la causante tiene:
    • Hasta 6 años: no se acredite anualmente (hasta que cumpla esta edad) que es parte de los programas de salud infantil del Ministerio de Salud (MINSAL).
    • Entre 6 y 18 años: no se acredite que está matriculado en un establecimiento educacional, presentando el certificado de alumno regular.