Estos adultos mayores pueden recibir $94.000 adicionales a su pensión: se paga de por vida

El Bono Post Laboral está dirigido a exfuncionarias y funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP.

Bono Post Laboral. Conoce los requisitos de este apoyo para adultos mayores pensionados.

Por medio del Bono Post Laboral se busca reconocer el trabajo que realizaron ciertos adultos mayores en el servicio público. Para ellos, la Superintendencia de Pensiones ofrece un monto de $94.000 mensuales y vitalicios.

Dentro de las condiciones para solicitar este apoyo monetario adicional a la pensión estatal, el jubilado debe haberse desempeñado como tal durante al menos 20 años. En caso contrario, no podrá postular al bono.

Este beneficio se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.
Bono Post Laboral.Este beneficio se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.

Requisitos del Bono Post Laboral

Los extrabajadores que quieran solicitar este aporte económico, tienen que cumplir con los siguientes criterios establecidos previamente por la Superintendencia de Pensiones:

  • Mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más.
  • Haber trabajado en el sector público bajo alguna modalidad (planta, contrata o según el Código del Trabajo) al momento de solicitar el bono.
  • Tener cotizaciones en una AFP chilena.
  • Haber dejado el empleo por suspensión, renuncia voluntaria o tras recibir la pensión de vejez.
  • Contar con una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
  • Haber acumulado más de 20 años de servicio continuo o discontinuo en alguna de las instituciones reconocidas.

¿Cómo postular al Bono Post Laboral?

Para solicitar este beneficio, la persona debe hacerlo dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión (mujeres 60 años y hombres 65).

La postulación debe realizarse ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones. Mientras que a la Superintendencia de Pensiones le corresponderá calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del exfuncionario.