Confirmado: Esta es la fecha en que el IPS pagará el Aguinaldo de Navidad a 2,7 millones de pensionados

La ministra del trabajo, Jeanette Jara dio a conocer este viernes el día exacto en que las personas podrán recibir esta ayuda que es entregada por el Instituto de Previsión Social.

Aguinaldo de Navidad 2024 será pagado en los primeros días de diciembre a más de 2,7 millones de pensionados del IPS. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

Se acabó la espera. La ministra del Trabajo, Jeanette Jara dio a conocer este viernes 29 de noviembre la fecha exacta en que se realizará el pago del Aguinaldo de Navidad por parte del IPS (Instituto de Previsión Social).

En conversación con T13 AM, la autoridad indicó que serán más de 2,7 millones de adultos mayores los que recibirán esta ayuda estatal para aminorar los gastos de fin de año y que se suma a la pensión que reciben todos los meses.

La fecha oficial en que IPS pagará el Aguinaldo de Navidad

De acuerdo a lo indicado por la titular de la cartera, será desde el próximo lunes 2 diciembre cuando desde el IPS comience a realizarse el pago del Aguinaldo de Navidad.

“Son 2,7 millones de pensionados quienes recibirán el Aguinaldo de Navidad, que este año tiene un monto de 27.884 pesos”, comentó la autoridad.

Además, aclaró que aquellas personas que reciben el pago después del 24 de diciembre “se les adelantará el pago de la pensión, y también del aguinaldo de casi 28 mil pesos”.

El Aguinaldo de Navidad será recibido por más de 2,7 millones de pensionados.
El Aguinaldo de Navidad será recibido por más de 2,7 millones de pensionados.

Cabe mencionar que los beneficiados con esta ayuda no tienen que hacer nada diferente a lo que realizan todos los meses, ya que el Aguinaldo llegará incluido con la pensión.

¿Quiénes son los pensionados que reciben el Aguinaldo de Navidad 2024?

El Aguinaldo de Navidad 2024 lo podrán recibir aquellas personas que estén jubiladas al 30 de noviembre de este año. Además, deben cumplir con alguno de los siguientes requisitos que son explicitados por el IPS:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
  • Pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.