Aguinaldo de Navidad 2024: Estos son los trabajadores del sector público que lo recibirán

Todavía no fue confirmado el monto de este año, aunque el de 2023 osciló entre $34.000 y $66.000.

Aguinaldo de Navidad. Conoce si integras la lista de quienes lo reciben. (En La Hora - Canva)

El Aguinaldo de Navidad para los trabajadores del sector público es un beneficio económico entregado cada año, cuyo objetivo es apoyar a los empleados en sus gastos durante las celebraciones de fin de año. Este representa una ayuda significativa para los funcionarios públicos, ya que contribuye a aliviar la carga económica que suele aumentar en esta época, permitiéndoles acceder a productos y servicios necesarios para las festividades.

El monto del aguinaldo se define en función de la situación laboral de cada trabajador, y se ajusta para beneficiar de manera equitativa a quienes perciben menores ingresos. Por ejemplo, en 2023, los valores fueron de $34.959 y $66.089, implementación que es importante no solo por el apoyo económico que brinda, sino también por su efecto en la moral y el bienestar de los trabajadores y las trabajadoras.

El Aguinaldo de Navidad 2024 reconoce el esfuerzo y la dedicación de los empleados a lo largo del año, reforzando el compromiso y motivación hacia sus labores. Además, tiene un impacto positivo en la economía nacional, ya que fomenta el consumo en distintos sectores, especialmente en el comercio local, lo cual beneficia a pequeñas y medianas empresas durante un periodo de alta demanda.

El Aguinaldo de Navidad es esencial para cubrir gastos de estas festividades.
El Aguinaldo de Navidad es esencial para cubrir gastos de estas festividades.

¿Quiénes recibirán el Aguinaldo de Navidad para trabajadores del sector público?

El aporte económico está dirigido a quienes trabajen en:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junji.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.