Familias pueden recibir $21.000 mensuales del IPS: ¿Cómo se solicita?

Las familias que cumplan con los requisitos recibirán el monto establecido de este beneficio por cada carga que tengan acreditada.

Asignación Familiar. ¿Cómo se solicitan los pagos de $21.000 mensuales? (En La Hora)

Uno de los aportes que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) con el objetivo de apoyar a las familias más vulnerables del país es la Asignación Familiar, la cual se entrega de forma mensual a quienes cumplan con todos los requisitos.

A través de este beneficio, las personas recibirán pagos de hasta $21.243 por cada carga que tengan acreditada. Para poder comenzar a recibir el dinero, la persona que sea jefa del hogar debe completar solo un trámite, el cual está disponible todo el año.

¿Cómo se solicita la Asignación Familiar?

Para que los hogares puedan comenzar a recibir los pagos de este beneficio, el o la jefa del hogar tiene que hacer un trámite que es bastante simple: acreditar sus cargas familiares.

Esto lo pueden realizar ingresando al sitio del IPS en Línea, siguiendo los pasos que sean necesarios, o de manera presencial en una sucursal caja de compensación o AFP. Deben indicar la razón de su visita y presentar la siguiente documentación:

Documentos para acreditar tus cargas y recibir el beneficio.
Documentos para acreditar tus cargas y recibir el beneficio.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el beneficio?

Para que un hogar pueda acceder a los pagos mensuales de la Asignación Familiar, tienen que cumplir con dos condiciones. La primera es acreditar las cargas de la forma que se mencionó anteriormente.

La segunda es que se cumplan con uno de estos requisitos:

  • Trabajador o trabajadora dependiente del sector público y privado.
  • Trabajadora o trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
  • Trabajadora o trabajador independiente que cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
  • Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
  • Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
  • Trabajador o trabajadora con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
  • Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.
  • También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.