Esta es la fecha en que podrás saber si fuiste elegido vocal de mesa para las próximas Elecciones

Quienes no cumplan con este rol, se exponen a altas multas que van desde los $132.000 hasta los $530.000 aproximadamente.

Vocal de mesa. Revisa todos los detalles. (RAUL ZAMORA/ATON CHILE/RAUL ZAMORA/ATON CHILE)

Queda poco para que se lleven a cabo las elecciones regionales de gobernadores y consejeros, alcaldes y concejales, las que son obligatorias para todas las personas habilitadas para sufragar.

Estas tendrán lugar el 27 de octubre y, por tanto, ya comienza a sentirse la ansiedad de quiénes serán elegidos como vocal de mesa, así que te contamos cuándo podrás revisar si te tocará cumplir con este rol.

Si bien este cargo que paga 2/3 de UF (alrededor de $25 mil) si se cumple correctamente, de no asistir a su función la persona se arriesga a una multa que va desde las 2 a 8 UTM (entre $132 mil a $530 mil).

Te contamos también cómo revisar si eres vocal de  mesa.
Te contamos también cómo revisar si eres vocal de mesa.

¿Cuándo sabré si soy vocal de mesa?

A partir del sábado 5 de octubre podrás saber si fuiste elegido como vocal de mesa para las próximas elecciones municipales y regionales, según explicita el cronograma electoral.

Para revisar si fuiste sorteado, deberás dirigirte al sitio web del Servel designado para realizar consultas de datos electorales a partir de la fecha mencionada. Ahí, escribe tu RUT, presiona “No soy un robot” y oprime “Consultar”.

Revisa quiénes pueden excusarse a ser vocal de mesa

En caso de que cumplas alguno de estos requisitos, podrás justificarte si saliste elegido como vocal de mesa y no asistir como tal durante las elecciones sin recibir multas:

  • Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día del Plebiscito.
  • Embarazadas.
  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Ser cuidadora o cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).