Adultas mayores pueden aumentar su pensión en hasta $165.000 gracias a este bono del IPS

El Bono por Hijo se paga de manera retroactiva y en conjunto a la jubilación de cada mujer beneficiaria.

Bono por Hijo. Este se paga de forma mensual. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

Gracias al Instituto de Previsión Social (IPS), son muchos los chilenos y chilenas que pueden recibir beneficios económicos. Por su parte, uno de los grupos prioritarios para el Estado de nuestro país son las mujeres mayores de 65 años de edad.

Estas personas pueden adjudicarse diferentes aportes, como es el caso del Bono por Hijo, el cual entrega hasta $165.000 mensuales por cada causante que tenga acreditado como carga la adulta mayor.

Estas pensionadas pueden recibir el Bono por Hijo

El dinero de esta ayuda está destinado a todas las mujeres del país que cumplan con estas condiciones:

  • Tengan hijos vivos nacidos o adoptados ante la ley.
  • Estén pensionadas ante el IPS.
  • Tengan 65 años de edad o más.
  • Haber vivido en Chile por un período de 20 años contados (continuos o discontinuos).
Este beneficio del IPS está dirigido a madres pensionadas.
Este beneficio del IPS está dirigido a madres pensionadas.

¿Cómo puedo postular al Bono por Hijo?

Si crees cumplir con los requisitos del paso anterior, ya puedes ingresar tu solicitud a este apoyo del Estado. Para ello, puedes hacerlo de las siguientes formas:

  1. Visita la Sucursal Virtual de Chile Atiende y solicita una videollamada de atención. Esto puede ser de lunes a viernes, entre las 08:00 y 17:00 horas.
  2. Ve de manera presencial a cualquier sucursal de ChileAtiende. Solo tendrás que indicar el motivo de tu visita y presentar tu cédula de identidad para hacer el trámite.

¿Por cuánto tiempo se entrega el Bono por Hijo?

Este beneficio se puede pagar de forma limitada o de manera vitalicia, esto dependiendo de las siguientes condiciones:

  • Afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) recibirán el bono hasta que se agote la totalidad del monto.
  • Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), a contar del 1 de julio de 2009, cobrarán la ayuda de forma vitalicia.