IPS entrega bono de $960.000: Así puedes solicitarlo

Con este aporte monetario se busca apoyar a familiares de un pensionado que estén atravesando un momento difícil.

Asignación por Muerte. Así puedes acceder al pago de $966.000. (En La Hora)

Una de las muchas ayudas monetarias que tiene el Instituto de Previsión Social (IPS) es la Asignación por Muerte, la cual entrega un pago único de $966.885.

A través de este beneficio se busca entregar un apoyo a los familiares de un pensionado que haya fallecido, el cual pueden solicitar en cualquier momento del año.

Este aporte del IPS es para apoyar en los gastos funerarios de un pensionado que haya fallecido.
Este aporte del IPS es para apoyar en los gastos funerarios de un pensionado que haya fallecido.

¿Cómo se accede a la Asignación por Muerte?

Para poder recibir el beneficio, los pasos a seguir van a depender de si eres un familiar de el o la fallecida, o una entidad funeraria. En ambos casos se debe ingresar al IPS en Línea y luego seguir estos pasos:

Persona natural

  • Ingresa el RUT del solicitante.
  • Pulsa en “Asignación por Muerte”.
  • Digita el RUT del causante (el sistema identifica si los datos son correctos).
  • Accede con tu Clave Única
  • Completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante) y adjunta la documentación (factura original entregada por la empresa funeraria y certificado de sepultación, si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento de la persona causante)

Funeraria

  • Ingresa el RUN del representante de la empresa funeraria.
  • Selecciona la empresa por la cual solicitará el beneficio (cuando el representante legal se desempeñe en más de una funeraria).
  • Pulsa en “Solicitud de asignación por muerte”.
  • Digita el RUT del causante.
  • Completa los datos requeridos y adjunta la documentación (Factura original, copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria, cesión de derecho).

Requisitos para recibir la Asignación por Muerte

Para poder ser beneficiario de esta ayuda del IPS, las condiciones a cumplir se dividen en dos. En primer lugar, el o la solicitante debe ser el encargado del pago de los gastos funerarios.

En segundo lugar, el o la fallecida no debe registrar afiliación al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 al momento de su deceso. Además, debe cumplir uno de estos requisitos:

El o la fallecida tiene que cumplir una de estas condiciones.
El o la fallecida tiene que cumplir una de estas condiciones.