IPS paga más de $200.000 mensuales a quienes cumplan 5 requisitos: Así puedes solicitarlo

Es importante que el solicitante no se sea titular de una pensión en ningún régimen previsional ni se reciban beneficios de una pensión de sobrevivencia para recibir el aporte.

PBSI. Revisa si puedes acceder al beneficio estatal. (RAMON MONROY/ATONCHILE/RAMON MONROY/ATONCHILE)

Aquella personas que han sido declaradas invalidas por la Comisión Médica, pueden recibir un beneficio económico otorgado por el Instituto de Previsión Social (IPS), conocido como Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

Este aporte monetario asciende a $214.296 mensuales a las personas que cumplan con los criterios establecidos. Esta solicitud es válida siempre que no se sea titular de una pensión en ningún régimen previsional ni se reciban beneficios de una pensión de sobrevivencia.

Así puedes obtener este benficio.
Así puedes obtener este benficio.

¿Cómo acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)?

Si deseas postularte para la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, tienes dos opciones disponibles: hacerlo en línea o en persona. A continuación, te mostramos cómo proceder en ambos casos:

Presencial

  1. Acude a alguna de las oficinas del IPS o a sucursales de ChileAtiende que esté más cerca de tu domicilio.
  2. Expón el motivo de tu visita a un asistente.
  3. Presenta tu certificado de invalidez y tu cédula de identidad.

En Línea

  1. Accede al sitio web de Mi Chile Atiende
  2. Introduce tu RUT.
  3. Ingresa tu fecha de nacimiento y Clave Única.
  4. Completa la información requerida y envía la solicitud.

¿Quiénes pueden acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez?

Para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos por el IPS:

  • No estar en condiciones de recibir una pensión bajo ningún régimen previsional, ya sea como titular o como beneficiario de una pensión de sobrevivencia.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Contar con una declaración de invalidez emitida por una Comisión Médica según lo estipulado en el Decreto Ley N° 3.500 de 1980.
  • Haber residido en Chile durante un período acumulado de cinco años, ya sea de manera continua o discontinua, dentro de los últimos seis años previos a la solicitud.
  • Estar dentro del 60% más vulnerable de la población chilena, con un puntaje igual o menor a 1.206 en el Índice de Focalización Previsional.