IPS paga $214 mil al mes a adultos mayores que cumplan CUATRO requisitos: Revisa si lo puedes recibes

Para poder recibir este beneficio, es necesario postular.

Pensión Garantizada Universal. Te contamos también en qué casos puedes perder el aporte. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

La Pensión Garantizada Universal (o PGU) es un aporte destinado a adultos mayores. No es necesario estar pensionado para poder cobrarla, sino que basta con cumplir ciertos requisitos.

Otorga un máximo de $214.296 mensuales, los que son entregados a través del Instituto de Previsión Social (IPS) previa postulación al beneficio, por lo que es importante solicitarlo si se satisfacen los requerimientos.

Revisa los detalles sobre la PGU.
Revisa los detalles sobre la PGU.

¿Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión Garantizada Universal?

Si tienes más de 65 años y quieres postular a este aporte, deberás cumplir estos requisitos:

  • Formar parte del 90% más vulnerable de la población.
  • Acreditar residencia en territorio chileno, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad, y
    • Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
  • Tener una pensión base menor a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que recibes.

Para saber si los cumples y, por tanto, ser beneficiaria o beneficiario del subsidio, deberás ingresar al sitio web de ChileAtiende, ingresar tu RUT, fecha de nacimiento y pulsar “Consultar”.

Revisa en qué casos puedes perder la Pensión Garantizada Universal

Si tienes la PGU, hay ciertos casos en la que puedes perderla, además de dejar de cumplir con los requisitos:

  • No cobrarla durante 6 meses continuos.
  • No entregar antecedentes para acreditar que cumples los requisitos para seguir recibiéndola, en un plazo de tres meses luego de solicitados por el IPS.
  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria. La pensión se extinguirá el último día del mes del fallecimiento.
  • Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre). Para solicitar nuevamente el beneficio, la persona debe acreditar, además de los otros requisitos legales, residencia en el país por un período no inferior a 270 días en el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.