Así puedes solicitar este bono que entrega el Presidente

El monto y duración de este aporte dependerá de la situación en la que se encuentre el o la beneficiaria.

Pensión de Gracia. Para recibirla, solo deberás cumplir con un requisitos.

Dentro de los muchos beneficios monetarios entregados en Chile, existe uno en particular que es pagado por el Presidente de la República: la Pensión de Gracia.

Tanto el valor como la duración en la que puedes recibir con este subsidio dependerá de la situación en la que te encuentres en caso de recibirlo, ya que ambos factores son determinados por un comité de expertos.

¿Cómo solicitar la Pensión de Gracia?

Para poder cobrar este aporte, deberás enviar una carta con dirección al Palacio de la Moneda s/n°, Santiago y dirigida al Presidente de la República, donde expliques por qué necesitas recibir la Pensión de Gracia.

El texto además debe contener tu nombre, RUT, domicilio, teléfono, etcétera, pudiendo adjuntar distintos documentos de ser necesario, tales como cuentas o certificados de salud.

Con la carta en mano, tendrás que dirigirte a la Delegación Presidencial regional o provincial de donde vivas. En el caso de la Región Metropolitana, hay que ir al Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, en Agustinas 1235, piso 5, Santiago.

Para solicitar esta pensión, deberás enviarle una carta al Presidente.
Para solicitar esta pensión, deberás enviarle una carta al Presidente.

Conoce quiénes reciben la Pensión de Gracia

Este beneficio está dirigido a personas que estén en situación de vulnerabilidad social. De esta manera, podrán pedirlo quienes cumplan con solo uno de estos requisitos:

  • Haber prestado servicios distinguidos, o realizado actos meritorios en beneficio del país.
  • Haber sido afectado por catástrofes o accidentes, donde existen circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de la pensión.
  • Encontrarse incapacitado o con graves e insalvables dificultades para ejercer una actividad remunerada que posibilite su subsistencia y la de su grupo familiar.
  • Estar afectado por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio.