Con el fin de apoyar a las madres pensionadas, el Instituto de Previsión Social (IPS) implementó el Bono por Hijo, el cual pueden recibir aquellas que hayan tenido hijos adoptados o nacidos.
A través de este beneficio, las mujeres que cumplan con los requisitos podrán acceder a pagos que se calculan basándonos en el 10% de 18 ingresos mínimos mensuales equivalentes al año del nacimiento, pero para los anteriores al 1 de julio de 2009, se otorga un total de $165.000.
¿Cómo postular al Bono por Hijo?
Las madres pensionadas del IPS pueden acceder a los pagos del Bono por Hijo de dos formas:
- Ingresando a la Sucursal Virtual de Chile Atiende y siendo atendida a través de una videollamada. Su funcionamiento es de lunes a viernes entre las 08:00 y 17:00 horas.
- Dirigiéndose de forma presencial a una sucursal de ChileAtiende, acá indica la razón de tu visita y presenta tu cédula de identidad vigente.
Luego de que lo solicites, los pagos de este dinero se otorgarán en conjunto con tu pensión, y puedes consultar la fecha de pago ingresando al sitio de Mi ChileAtiende con el RUT.
¿Quiénes pueden recibir este beneficio?
Las madres que podrán acceder a los pagos mensuales del Bono por Hijo deben tener 65 años o más, residir en territorio chileno por 20 años (continuos o discontinuos), y haber vivido en el país cuatro años de los últimos cinco anteriores a la postulación al beneficio.
Junto con esto, para ser beneficiarias también tienen que cumplir con una de las siguientes condiciones:
Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU). |
Estar afiliada a una AFP y haber obtenido tu pensión a partir del 1 de julio de 2009. |
No estar afiliada a un régimen previsional y recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a partir del 1 de julio de 2009. |