El Subsidio DS27, también conocido como Subsidio para Ampliar o Mejorar la Vivienda, busca mejorar las condiciones de seguridad y comodidad de los hogares, así como reducir el hacinamiento a través de iniciativas de reparación, mejora y ampliación de viviendas.
El proceso de solicitud lleva aproximadamente cuatro meses, y una vez obtenido, hay un plazo de 18 meses para utilizarlo. Los propietarios de viviendas que cumplen con alguno de los siguientes requisitos: tener una propiedad social valuada en menos de 950 UF, haberla adquirido con un subsidio habitacional del Minvu, o que haya sido construida por el Serviu o sus predecesores.
Para solicitarlo, se debe contactar a las Entidades Patrocinantes (EP), entidades que brindan asesoramiento y apoyo a las familias durante el proceso de solicitud, elaboran proyectos técnicos y ofrecen asesoría legal y social sin costo alguno para las familias.
¿Quiénes pueden acceder Subsidio para Ampliar o Mejorar la Vivienda?
Las personas interesadas en acceder a este subsidio deben satisfacer los siguientes criterios, definidos detalladamente por la Red de Protección Social:
Pregunta | Respuesta |
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¿Cuál es el requisito de edad mínima para postular al subsidio? | Debes tener al menos 18 años de edad. |
¿Qué requisito debe cumplir el solicitante con respecto a la propiedad? | Ser el dueño o dueña exclusivo/a de la vivienda en cuestión. |
¿Qué documento de identificación se requiere para la postulación? | Presentar una Cédula Nacional de Identidad válida. Si eres extranjero/a con residencia permanente en Chile, deberás mostrar tu Cédula de Identidad para extranjeros/as junto con tu Certificado de Permanencia Definitiva emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por la Policía de Investigaciones de Chile. |
¿Qué criterio de vulnerabilidad se debe cumplir según el Registro Social de Hogares? | Si aplicas de manera individual, debes pertenecer al 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH). En caso de postular en grupo, al menos el 60% de los integrantes del grupo debe cumplir con este criterio de vulnerabilidad, mientras que el resto puede estar por encima de este umbral, aunque igualmente deben estar registrados en el Registro Social de Hogares. |
¿Qué ahorro mínimo se debe tener? | Para: - Mejoramiento de la Vivienda: 3 UF - Ampliación de la Vivienda: 5 UF - Adecuación de Viviendas Existentes: 7 UF Este dinero debe estar depositado en una cuenta de ahorros al finalizar el mes anterior al de la postulación. |
¿Qué tipo de asesoramiento se requiere durante el proceso de postulación? | Recibir asesoramiento de una Entidad Patrocinante, anteriormente conocida como Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT). Puedes encontrar más detalles sobre esto en el sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). |
¿Quién debe llevar a cabo las obras de reparación, mejora o ampliación? | Contar con un constructor o contratista registrado en el Registro de Constructores del MINVU para llevar a cabo las obras. |
¿Qué documento se necesita para llevar a cabo el proyecto si es requerido por la Dirección de Obras Municipales? | Obtener un permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM) si el proyecto lo requiere. |
¿Qué monto entrega este subsidio?
Descubre la especificación de los montos asignados según el tipo de proyecto y monto de este beneficio:
Tipo de proyecto | Monto |
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Adecuación de Viviendas | 300 UF |
Ampliación (vivienda con superficie hasta 40 m2) | Desde 120 UF a 504 UF |
Ampliación (vivienda con superficie sobre 40 m2) | 110 UF |
Mejoramiento / Estructural | 100 UF |
Mejoramiento / Instalaciones | 90 UF |
Mejoramiento / Envolvente | 80 UF |
Mejoramiento / Mantención | 55 UF |