IPS entrega $214 mil a quienes postulen con uno de estos dos mecanismos: Son solo cinco requisitos

Existen dos formas de acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Estos son los procedimientos.

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Al igual que la Pensión Garantizada Universal (PGU), el Instituto de Previsión Social (IPS) paga más de $214.000 por la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a quienes tengan una discapacidad declarada.

Existen dos formas de acceder a este pago mensual, y para ambos casos hay que cumplir con cinco requisitos establecidos.

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¿Cómo postular a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez?

Son dos los mecanismos para optar a esta ayuda económica. Se puede hacer presencialmente o por Internet. Estos son los pasos:

Presencialmente:
Acude a una oficina de ChileAtiende.
Explica el motivo de tu visita: solicitar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
La Comisión Médica Regional (CMR) te citará para la calificación de invalidez. A esta cita debes llevar el formulario de solicitud de evaluación de invalidez disponible en las oficinas de ChileAtiende, Instituto de Previsión Social o la Comisión Médica Regional.
Este debe ser completado por la o el médico tratante y se pueden adjuntar otros antecedentes médicos (exámenes, tratamientos, entre otros) que consideres útil para el proceso de calificación.
De manera online:
Ingresa al sitio oficial del Instituto de Previsión Social, escribe tu RUT y pulsa “Ingresar”.
Pulsa en “Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo/”, selecciona “Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)” y oprime “Ingresar solicitud de PBSI”.
Ingresa sesión con tu Clave Única.
Completa el formulario web correspondiente.

¿Cuáles son los requisitos?

En ambos casos, debes cumplir lo siguiente:

  1. Ser mayor de edad, y tener menos de 65 años de edad.
  2. No tener derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
  3. Haber sido declarado o declarada con invalidez por las comisiones médicas definidas en el Decreto Ley (DL) Nº 3.500.
  4. Tu grupo familiar debe pertenecer al 80% más pobre de la población.
  5. Acreditar cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

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