Consulta con tu RUT si puedes cobrar el Bono Mujer Trabajadora de febrero

No podrán postular al Bono al Trabajo de la Mujer quienes se empleen en una Institución del Estado o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Bono al Trabajo de la Mujer Ve si puedes cobrar los $40.000 de febrero. (Canva)

Este jueves 29 de febrero el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) entregará el segundo pago del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) 2024.

En dicha jornada las beneficiarias podrán cobrar sus hasta $40.000 mensuales, los cuales se entregarán durante 48 meses continuos desde que se concedió la ayuda.

Una vez transcurrido este tiempo, las empleadas no podrán renovar ni extender los pagos del también conocido Bono Mujer Trabajadora, ya que este se otorga por única vez.

Consulta con tu RUT si puedes cobrar el pago de febrero

Para saber si recibirás el segundo pago del año, puedes ingresar a la página web de Sence sobre el BTM. Solo tienes que escribir tu RUT y Clave Única, Clave Tributaria o Clave Sence.

Tras esto, selecciona la opción “trabajadora” y “expediente electrónico”. Ahí podrás revisar si tu solicitud fue aprobada, rechazada o continúa en trámite.

De estar en esta primera opción, podrás comenzar o continuar recibiendo los pagos mensuales de cuarenta mil, tal como el que se pagará este jueves 29 de febrero.

El Bono al Trabajo de la Mujer de febrero se entregará este jueves a todas las beneficiarias que escogieron pagos mensuales.
El Bono al Trabajo de la Mujer de febrero se entregará este jueves a todas las beneficiarias que escogieron pagos mensuales.

¿Quiénes pueden recibir el Bono al Trabajo de la Mujer?

Las trabajadores que quieran cobrar esta ayuda de Sence, deberán cumplir algunas condiciones, como por ejemplo; tener entre 25 y 59 años de edad, estar trabajando de manera dependiente o independiente y tener sus cotizaciones al día.

En relación a su sueldo, estas deben acreditar una renta bruta inferior a $7.278.446 durante el año calendario en que perciban el bono.

En caso de ser trabajadoras independiente, se debe emitir boletas de honorarios y realizar Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).