Trabajadores de la educación pueden recibir hasta $365 mil con este aporte

Aquellos que cumplan con todos los requisitos pueden recibir hasta 10 UF como parte de este beneficio, una cifra que, al 1 de diciembre de este año, equivalía a $365.000.

Bono desempeño laboral Descubre los requisitos y cómo se calcula el monto que se entrega. Créditos: ATON. (ATON)

El Bono Desempeño Laboral constituye un beneficio gubernamental dirigido a los profesionales de la enseñanza que satisfagan todos los requisitos establecidos por la normativa vigente.

La cantidad otorgada está vinculada al rendimiento que las personas hayan exhibido a lo largo del año, alcanzando un máximo de 10 UF, lo que equivale a $365.000.

El aporte se realiza mediante dos pagos: el primero tuvo lugar en diciembre de 2023, mientras que el segundo se efectúa en febrero de 2024. Para obtener una visión completa de todos los detalles relacionados con este estímulo financiero, se invita a continuar con la lectura a continuación.

¿A quiénes se dirige el Bono Desempeño Laboral?

Este beneficio está dirigido a todos aquellos individuos que desempeñen roles como asistentes de la educación en instituciones públicas y cumplan con los siguientes criterios:

  • Trabajen en lugares regidos por el decreto de fuerza de Ley Nº2 de 1998, del Mineduc, o bajo el decreto de Ley Nº 3.166 de 1980.
  • Mantengan un contrato vigente hasta el 31 de agosto del presente año.
  • Tengan una jornada laboral de 44 o 45 horas semanales, aunque aquellos con menor carga horaria también pueden recibir una proporción del beneficio.
  • Demuestren un buen desempeño en el “Indicador general de evaluación”, el cual determina la cuantía que recibe cada trabajador.
Conoce todos los detalles de este beneficio. Créditos: ATON.
Conoce todos los detalles de este beneficio. Créditos: ATON.

¿Cómo se efectúa el cálculo del monto del Bono Desempeño Laboral?

Este subsidio otorga un máximo de 10 UF ($365.000) y consta de un componente base y otro variable, este último vinculado al resultado del “Indicador general de evaluación”. La fórmula implica seis UF del componente base y cuatro del variable, distribuidas según los siguientes porcentajes:

  • Para desempeños iguales o superiores al 80%, se añaden 4 UF.
  • Para desempeños entre el 70% y el 80%, el valor adicional es de 2,8 UF.
  • Para desempeños entre el 50% y el 70%, se otorgan 1,4 UF adicionales.
  • Para desempeños inferiores al 50%, no hay derecho a monto adicional.

En consecuencia, el monto mínimo que los beneficiarios pueden recibir es de $219.000.