Solo con tu RUT puedes saber si recibes $20 mil al mes siendo trabajador

La Asignación Familiar puede ser recibida por trabajadores, trabajadoras, pensionados, pensionadas, subsidiadas y subsidiados.

Asignación Familiar. Este aporte se entrega, en la mayoría de los casos, de forma mensual. (En La Hora)

Existen una gran cantidad de apoyos monetarios destinados a los hogares de personas trabajadoras del país, pero el más importante de estos es la Asignación Familiar.

Gracias a este beneficio, quienes laboren de forma dependiente, los pensionados y quienes sean subsidiados, pueden recibir $20.328 al mes por cada carga correctamente inscrita.

Cabe destacar que los trabajadores independientes recibirán el dinero una vez al año, junto a la devolución de impuestos del año siguiente al que los causantes fueron declarados.

Revisa con tu RUT si recibes la Asignación Familiar

En caso de que tengas cargas inscritas a tu cargo, puedes revisar si cobras la Asignación Familiar, así como también consultar la fecha y forma de pago, siguiendo estos sencillos pasos:

Conoce quiénes pueden recibir la Asignación Familiar.
Conoce quiénes pueden recibir la Asignación Familiar.

¿Quiénes pueden recibir la Asignación Familiar?

Pueden recibir este beneficio aquellos y aquellas trabajadoras, pensionados, pensionadas y subsidiados que tengan correctamente inscritos a sus correspondientes cargas familiares y formen parte de uno de los siguientes grupos:

  • Trabajador o trabajadora dependiente del sector público y privado.
  • Trabajadora o trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
  • Trabajadora o trabajador independiente que no cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
  • Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
  • Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
  • Trabajador o trabajadora con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
  • Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU), Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o Subsidio de Discapacidad Mental para menores de 18 años.
  • También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.