Estos son los montos que puedes recibir por estar embarazada

La Asignación Maternal se puede solicitar a partir del quinto mes de embarazo, pagándose el periodo anterior de forma retroactiva.

Asignación Maternal. Con este aporte, podrás recibir dinero por todo el proceso de tu embarazo. (Crédito; Pixabay)

La Asignación Maternal es uno de los subsidios más importantes de los que entrega el Estado a las mujeres embarazadas, ya que otorga un monto de hasta $20.328 de manera mensual, el que variará dependiendo del sueldo de la beneficiaria.

Está dirigido a trabajadoras dependientes o independientes, aunque también puede ser cobrado por sus cónyuges, siempre y cuando ellas sean sus cargas en la Asignación Familiar.

Si bien se puede solicitar a partir del quinto mes de gestación, los meses anteriores se pagan de forma retroactiva, cubriendo de esta manera todo el proceso.

¿Qué montos entrega la Asignación Maternal?

El monto máximo que puedes acceder de forma mensual gracias a la Asignación Maternal es de $20.328, pero este puede bajar según el sueldo que recibas, variando de la siguiente manera:

IngresosMonto asignación
Des­de 0 y Has­ta $539.329$20.328
Des­de $539.329 y Has­ta $787.747$12.475
Des­de $787.747 y Has­ta $1.228.615$3.942
Des­de $1.228.615$0
Si tu sueldo es de $1.228.615 o más, no podrás acceder a los montos que entrega la Asignación Maternal.
Si tu sueldo es de $1.228.615 o más, no podrás acceder a los montos que entrega la Asignación Maternal.

Asignación Maternal: ¿Cómo se recibe este aporte?

Si eres beneficiaria del aporte, la fecha y forma en la que lo recibirás dependerá de una serie de factores, siendo el más importante si trabajas de forma dependiente o independiente:

  • Mujeres trabajadoras dependientes, o cargas de sus cónyuges:
    • El dinero es pagado por el empleador o la empleadora, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadoras independientes que emiten boleta de honorarios:
    • Trabajadoras que no presentaron su declaración anual de impuestos a la renta: la Tesorería General de la República usará el monto correspondiente para compensar el saldo de las cotizaciones previsionales, o se pagará lo que sobre (si corresponde).
    • Si efectuaron el reconocimiento antes del 31 de diciembre del año que corresponde el pago: el pago se realiza en la devolución de impuestos.
    • Si efectuaron el reconocimiento después del 31 de diciembre del año en que corresponde el pago: el pago es realizado en el Instituto de Previsión Social (IPS).
    • Trabajadoras que al 1 de enero tengan 50 años de edad, y trabajadoras que coticen de forma voluntaria: recibirán el pago anualmente.