El Subsidio de Discapacidad aumentará su monto, subiendo a partir del 1 de febrero desde los actuales $103.086 que entrega. Este beneficio está dirigido a personas menores a 18 años que posean algún tipo de discapacidad, ya sea física, mental o sensorial severa.
Quienes accedan a este bono, tienen derecho además a asistencia médica gratis en establecimientos públicos, según establece el artículo 35 de la Ley N.º 20.255.
Al cumplir los 17 años con 6 meses de edad, el o la beneficiaria será evaluada por el Instituto de Previsión Social (IPS) para verificar que a partir de los 18 años cumpla los requisitos para comenzar en ese momento a recibir la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
¿Cuál es el nuevo monto que entrega el Subsidio de Discapacidad?
El monto mensual que entrega el Subsidio de Discapacidad aumentará en la fecha mencionada a $107.148, es decir, $4 mil más que los actuales $103.086.
Esto se debe al aumento de la Pensión Garantizada Universal a $214.296, dado que este beneficio equivale al 50% del nombrado bono, el que se reajusta cada año en un 100% respecto a la variación del IPC de los últimos 12 meses, contados desde la última modificación.
¿Qué documentos necesito para solicitar el Subsidio de Discapacidad?
A la hora de solicitar este subsidio, se te requerirán una serie de documentos. Para que ya los tengas a mano cuando realices el trámite y el proceso sea más expedito, te contamos cuáles son:
- Certificado de Discapacidad (COMPIN) o del Registro Nacional de Discapacidad (SRCeI).
- Resolución judicial, informe social u otro antecedente que acredite la situación de cuidados en que se encuentra la persona beneficiaria.
Si el subsidio lo solicita la institución que está a cargo del beneficiario:
- Certificado de vigencia de la sociedad o inscripción de la persona jurídica ante el Registro Civil, según sea el caso.
- Certificado de vigencia del representante legal, personería o decreto de nombramiento, según corresponda.
- Documento que acredite que la institución se encuentra a cargo del o de la menor que recibe el beneficio.
- Poder habilitante especial solo para gestionar la solicitud ante el IPS, identificando a la persona beneficiaria. Esta autorización no aplica para cobrar y percibir el subsidio, ya que el pago se realizará a la institución que tiene a su cargo el o la menor.
Además, en el formulario de solicitud se deben incluir las siguientes declaraciones respecto al o a la menor:
- Registra residencia en Chile por un período continuo de tres años, a partir de la fecha en que presente la documentación.
- Se encuentra bajo un cuidado permanente.
- Si es titular de una pensión o causante de una prestación familiar, al solicitar el subsidio tendrá que renunciar al otro beneficio, según sea el caso (artículos 5 y 7 del Decreto Ley N° 869, de 1975).
Para el trámite en línea:
- Además, en formato jpg, png o pdf:
- Certificado de Discapacidad, emitido por la COMPIN o Registro Nacional de Discapacidad del Registro Civil.
- Resolución judicial, informe social u otro antecedente que acredite la situación de cuidado en que se encuentra la persona menor de edad.