Si cumples estos requisitos podrás recibir $11 millones para la compra de tu vivienda

El Subsidio DS49 permite acercar el sueño de la casa propia a quienes no cuenten con la opción de solicitar un crédito hipotecario, pero que sí tengan capacidad de ahorro.

Subsidio DS49. Conoce los requisitos de este subsidio habitacional. (Minvu)

El Subsidio DS49 es un beneficio habitacional dirigido a todos los ciudadanos o grupos familiares que pertenezcan hasta el 40% más vulnerable de la población.

Este es dirigido por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), y entrega un aporte base de 314 UF a todos quienes resulten beneficiarios.

Para acceder al Subsidio DS49, las y los interesados deberán tener un ahorro de, al menos, 10 UF, lo que corresponde a más de $300.000.

Conoce los requisitos para postular a los llamados del Subsidio DS49.
Conoce los requisitos para postular a los llamados del Subsidio DS49.

Conoce los requisitos del Subsidio DS49

Para postular a los llamados de este beneficio estatal, las personas interesadas deberán cumplir con estas condiciones :

  • Tener más de 18 años.
  • Contar con Cédula de Identidad vigente. En el caso de los extranjeros tener Cédula de Identidad para Extranjeros y el Certificado de Permanencia Definitiva.
  • Pertenecer al 40% de las personas más vulnerables del país y acreditando un grupo familiar.
  • No tener una vivienda ni ser beneficiarios de otros subsidios habitacionales.
  • Tener 10 UF en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el último día hábil del mes anterior a la postulación.
  • Ser titular de la cuenta de ahorro.

Montos adicionales que entrega el Subsidio DS49

El DS49 entrega una base de 314 UF, el que va incrementando dependiendo de las características que tenga la vivienda a comprar y el lugar en que esta se ubique. En detalle:

  • Subsidio base desde 314 UF (varía según la comuna donde se ubica la vivienda).
  • Subsidios complementarios (según características de la vivienda y el grupo familiar):
  • Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF.
  • De factibilización (zonas rurales): 120 UF.
  • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
  • Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
  • Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
  • Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.