Descubre quiénes pueden acceder a este subsidio habitacional de $11 millones

El Minvu ha diseñado este beneficio dirigido específicamente a aquellos que no reúnen las condiciones para solicitar un crédito hipotecario

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El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) dispone de diversos beneficios habitacionales destinados a familias que desean adquirir su primera vivienda. Uno de estos beneficios es conocido como Subsidio DS49.

Es importante tener en cuenta que, previamente a la solicitud de este aporte económico, se debe tener un ahorro mínimo de 10 UF, siendo unos $368.401 aproximadamente, en una cuenta de ahorro para la vivienda.

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Además, las personas interesadas tienen que saber que para hacer uso de este subsidio, la vivienda elegida no puede tener un costo máximo de 950 UF, cerca de los 35 millones de pesos. El monto base que entrega es de 314 UF, al rededor de 11 millones de pesos, sin embargo, hay subsidios complementarios.

Conoce quiénes pueden acceder al Subsidio DS49

Las personas que sean chilenas o extranjeras mayores de 18 años, deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos previamente a su solicitud:

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  • Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
  • Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
  • Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo con la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
  • No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.

Quienes deseen postular sin núcleo familiar asociado deben cumplir con alguna de estas condiciones:

  • Tener discapacidad (acreditada por la COMPIN).
  • Ser adultos mayores de 60 años de edad o más.
  • Tener calidad de indígenas.
  • Ser viudo o viuda.
  • Estar reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.

Estos son los documentos para poder realizar la solicitud del Subsidio DS49

La postulación se puede realizar una vez que se haya llevado a cabo el primer llamado del 2024, o bien, siendo parte de alguna de las iniciativas grupales mencionadas en la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de la región. A continuación, se especifican los documentos requeridos:

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  • Cédula de identidad (original y fotocopia).
  • Las personas extranjeras deben presentar certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Declaración de núcleo familiar y de no propiedad habitacional.
  • Declaración jurada de postulación.
  • En caso de tener el ahorro en una entidad financiera en convenio con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
  • Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación en que conste a lo menos el número y tipo de libreta o cuenta.
  • Mandato de Ahorro firmado por el titular de la cuenta de ahorro.
  • En caso de tener el ahorro en una entidad financiera sin convenio con el ministerio: certificado que da cuenta de los datos del titular, tipo y número de cuenta, saldos semestrales, saldo final, fecha de apertura de la cuenta y fecha de emisión del certificado.
  • Si el postulante está divorciado y su cónyuge recibió un subsidio anteriormente (o tiene una propiedad inscrita a su nombre), debe presentar el certificado de matrimonio con la subinscripción de divorcio o nulidad correspondiente.
  • Si el postulante está separado de hecho, debe acreditar el inicio del trámite de divorcio mediante una copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación. El proceso de divorcio debe haber concluido antes de la entrega de la vivienda.
  • Si el postulante, su cónyuge o conviviente, u otro miembro del núcleo familiar declarado tiene derechos de comunidad sobre una vivienda, debe presentar un certificado de dominio vigente. El certificado no puede tener una antigüedad mayor a 90 días corridos, contados hasta la fecha de la postulación. Para el pago del certificado de subsidio, deberá acreditar haber cedido sus derechos con la correspondiente escritura pública inscrita.
  • Certificado de acreditación de la calidad indígena (si corresponde).
  • Inscripción en el Registro Nacional de discapacidad (si corresponde al postulante o algún miembro de su grupo familiar).
  • Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio en que conste el RUN y la inscripción del fallecimiento (si corresponde).
  • Tener ClaveÚnica.

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