El Bono Dueña de Casa es un beneficio no postulable que pueden recibir las familias pertenecientes al 60% más vulnerable de la población, según el porcentaje del Registro Social de Hogares.
Su aporte mensual alcanza los $21 mil. Sin embargo, este monto varía dependiendo de la cantidad de meses que lleve la persona recibiendo el subsidio.
Además, el dinero del también conocido como Bono Protección se entrega por un periodo de veinticuatro meses consecutivos. Dicho aporte se deposita en la Cuenta RUT de la jefa o jefe de hogar.
Requisito del Bono Dueña de Casa
Para recibir de forma automática los pagos mensuales de este beneficio del Estado, solo deberás cumplir con un único requisito:
- Pertenecer a Chile Seguridades y Oportunidades y aceptar la invitación a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención.
Montos del Bono Dueña de Casa
El monto de esta ayuda dependerá del tiempo que lleve la persona siendo beneficiaria. Es decir:
- Los primeros 6 meses: $21.823.
- Del mes 7 al mes 12: $16.608.
- Del mes 13 al mes 18: $11.419.
- Del mes 19 al 24: $20.328.
Al finalizar los dos años de entrega, las personas pudieron recibir un total de $421.000.
¿Quiénes pueden cobrar el dinero de este beneficio?
El aporte de este subsidio se puede cobrar según un orden de prioridad establecido, el cual indica lo siguiente:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.