Las mujeres que estén insertadas el mercado laboral, ya sea como empleadas o trabajando de forma independiente, tienen la posibilidad de solicitar el subsidio denominado Bono al Trabajo de la Mujer, también conocido como Bono Mujer Trabajadora.
Este beneficio, gestionado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), busca otorgar asistencia financiera a mujeres de entre 25 y 59 años que formen parte del 40% de la población en condiciones de mayor vulnerabilidad, según los parámetros establecidos en el Registro. Social de Hogares.
Es relevante destacar que esta ayuda proporciona una suma máxima de $570.825 anuales y $40.436 mensuales, esto dependiendo de los ingresos brutos percibidos por cada beneficiario.
En caso de que esta ayuda económica se vea interrumpida debido a la falta de pago de las cotizaciones de salud o pensiones por parte del empleador, es fundamental realizar un reclamo mediante el Buzón Ciudadano. En este reclamo se debe detallar el período en el que se han dejado de efectuar los pagos y adjuntar la documentación requerida, debidamente sellada y firmada.
De esta forma puedes solicitar el Bono al Trabajo de la Mujer
Las personas que estén interesadas en obtener este beneficio, tienen que hacer la postulación en línea y seguir los siguientes pasos:
- Entrar al sitio web del Bono al Trabajo de la Mujer.
- Digitar tu RUT y Clave Única.
- Seleccionar la alternativa “Trabajadora” para entrar al sistema.
- Ir el apartado que dice “Postular” y completa el proceso.
Aquellos que postulen a este aporte deben que tener en cuenta que los resultados a su solicitud tarda alrededor de tres meses en notificarse.
Estas son las personas que pueden postular al bono
Las trabajadoras que quiera acceder a esta bonificación, tienen que cumplir con los siguientes requerimientos establecidos previamente a su solicitud:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
- Existen 2 formas de pago; anual y mensual.
- Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
- Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
- En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).