Ante las intensas lluvias que afectaron a nuestro país durante el mes de junio, el Estado implementó el Subsidio de Retención Laboral, aporte dirigido a las empresas de menor tamaño afectadas por el sistema frontal.
Este beneficio, otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), busca ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tuvieron en riesgo su fuente de trabajo por las precipitaciones, entregando un monto de $460.000 por cada empleado.
Los pagos del Subsidio de Retención Laboral comenzaron en agosto, y solo restan dos de estos, por lo que si cumples con los requisitos puedes revisar si recibirás el penúltimo de estos, que se transferirá en los próximos días.
¿Cómo saber si recibiré el Subsidio de Retención Laboral?
Para que las personas que postularon con sus pymes puedan saber si recibirán los pagos restantes de este beneficio, deben ingresar a la plataforma habilitada por el Sence con su Clave Tributaria y seguir estos pasos:
- Pulsa en “Tu cuenta”.
- Selecciona en “Ir a tu cuenta”.
- Acá te aparecerá el registro de tus postulaciones y tus pagos.
En el primero de estos, sabrás el estado de la solicitud realizada para recibir el beneficio, y en el segundo la fecha y periodo de pago.
Conoce la fecha de pago del beneficio
Las personas beneficiarias recibirán el penúltimo pago del Subsidio de Retención Laboral el próximo viernes 15 de diciembre. Luego de esto, la última entrega del aporte será el viernes 29 de diciembre.
En caso de que durante esta fecha no recibas el dinero, podrás apelar ingresando al Buzón Ciudadano del Sence con tu Clave Única y seguir estos pasos:
- Selecciona el tipo de solicitud que realizarás.
- Indica el beneficio por el que harás el reclamo: Subsidio de Retención Laboral por Catástrofe Sistema Frontal.
- Ingresa la descripción de tu apelación.
- Haz el Captcha.
- Pulsa en “Enviar formulario”.
¿Quiénes reciben el Subsidio de Retención Laboral?
Las empresas de menor tamaño que reciben los pagos de $460.000 por cada trabajador o trabajadora son aquellas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tributen en primera categoría, (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, renta presunta, empresas individuales, entre otros), o sean pequeños contribuyentes como comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros (artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
- Fueron afectadas por los temporales en las regiones de Valparaíso, O´Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana. Esta condición debe ser ratificada por la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) del Trabajo y Previsión Social.
- Los contratos de trabajo con sus trabajadores deben estar vigentes el mes anterior al siniestro. Al obtener el beneficio, deben mantener la relación laboral mientras dure el subsidio. Si uno o más trabajadores no cumplen esta condición (acreditada por SENCE), se suspenderá el beneficio por cada uno de ellos.