Formalmente, el Bono Cuidadora lleva el nombre de Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad, y corresponde a una entrega monetaria mensual de máximo $32.991 por causante.
Como su nombre lo dice, este beneficio del Estado es una ayuda monetaria que busca aportar a las personas que se hacen cargo de otras, y que no reciban un sueldo formal por ello, como sí lo hacen los trabajadores de establecimientos de cuidado de adultos mayores, por ejemplo.
Si tú tienes a tu cuidado a una o más personas que tengan dependencia severa, independiente de su edad, entonces revisa a continuación si cumples con todos los requisitos y de qué manera podrías acceder a él.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Cuidadora?
También conocido como Bono Cuidado al Adulto Mayor, este aporte pide los siguientes requisitos:
La persona con dependencia (el causante), debe estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, lo que se hace a través del establecimiento de atención primaria que corresponda a su domicilio, estos pueden ser un Cesfam, Cecof, posta rural u otro.
Por otra parte, quien necesite del cuidado no debe encontrarse institucionalizado en un establecimiento de larga estadía. En relación a la persona cuidadora, el requisito que debe cumplir es no recibir remuneración por el trabajo que ejerce, y tener su cédula de identidad vigente.

¿Cómo puedo solicitar el Bono Cuidadora?
Este beneficio no es postulable, pero sí se puede solicitar en el Centro de Atención de Salud que se atienda la persona que es cuidada. Luego de expresar tu intención de tenerlo a los médicos del lugar, es este servicio el que hace el trámite correspondiente y te avisa si fuiste seleccionada o no.
¿Cuándo y cómo pagan este beneficio?
El Bono Cuidado al Adulto Mayor es otorgado a través de depósito bancario por el Ministerio del Desarrollo Social y Familia, mediante el Instituto de Previsión Social. Además, te entregan un subsidio mensual de $700 pesos para los cobros de uso de cuenta.
Cabe destacar que la entrega del pago está sujeta al presupuesto establecido en el año, por lo que existe una regla de preferencia, que tiene el siguiente orden:
- La severidad en la dependencia del causante, que es medida con el Índice de Barthel.
- La antigüedad en la postulación del causante, comenzando por la más antigua.
- La clasificación socioeconómica del causante, conforme el Registro Social de Hogares.
Por último, puedes revisar solo con tu RUT en el sitio web que dispone Chile Atiende junto al IPS cuándo recibirás este beneficio.