Aguinaldo de Navidad para trabajadores del sector público: ¿Qué monto pueden recibir?

Este aporte adicional se entregará junto al sueldo de diciembre de cada trabajador que cumpla los requisitos.

Aguinaldo de Navidad. Conoce el monto que podrán recibir los trabajadores del sector público. (Unsplash)

Diciembre ya se encuentra a la vuelta de la esquina, y con ello, dos celebraciones esperadas por grandes y pequeños. Hablamos de Navidad y Año Nuevo.

Pese a que estos momentos son esperados, el último mes del año genera gastos adicionales para todas las familias del país. Es por eso que el Estado estableció el Aguinaldo de Navidad.

Este beneficio contempla un aporte económico extra para pensionados y trabajadores del sector público y privado. Aunque, en este último caso el pago no es obligatorio.

¿Qué monto entrega el Aguinaldo de Navidad al sector público?

Según establece la ley de este beneficio, los trabajadores del sector público pueden optar a dos montos, los que dependerán exclusivamente del sueldo mensual que estos reciban. En detalle:

  • $63.062: Para quienes tengan sueldos menores a $943.703.
  • $33.358: Para quienes tengan sueldos mayores a $943.703, pero menores a $3.125.052.
El aporte máximo que entrega el Aguinaldo de Navidad para el sector público es de $63 mil.
El aporte máximo que entrega el Aguinaldo de Navidad para el sector público es de $63 mil.

Requisitos para recibir el Aguinaldo de Navidad del sector público

Podrán ser beneficiarios del Bono Navidad 2023 todos quienes desempeñaron cargos de planta o a contrata al 30 de noviembre de 2023 y en alguna de las siguientes instituciones:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por JUNJI.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.