Dentro de los variados beneficios que el Sence tiene disponible para trabajadores y trabajadoras, uno de los aportes monetarios más importantes que entrega es el Subsidio al Empleo Joven.
También llamado SEJ, este bono está dirigido a jóvenes de entre 18 a 24 años, 11 meses de edad. Además, a los empleadores también se les otorga el equivalente a un tercio de la ayuda, con el objetivo de motivar la contratación de personas en este rango etario.
Es posible cobrarlo tanto de forma mensual como anual, pudiendo recibir un máximo de $40 mil y $570 mil respectivamente, según el método elegido.
¿Cómo saber si recibo el Subsidio al Empleo Joven?
Para saber si recibes el Subsidio al Empleo Joven, deberás seguir estas sencillas instrucciones, siempre y cuando anteriormente hayas realizado la correspondiente solicitud:
- Ingresa al sitio web del SEJ.
- Pulsa “Ingresar”.
- Inicia sesión con tu Clave Única, Sence o Tributaria.
- Selecciona “Trabajador/a”.
- Dirígete a “Expediente electrónico” y luego presiona “Ir a Expediente electrónico”.
- Una vez allí, deberás revisar en la sección que dice “Estado”. En caso de que diga “Aprobada”, es porque recibes el Subsidio al Empleo Joven.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Subsidio al Empleo Joven?
Antes de postular al Subsidio al Empleo Joven, debes tener en cuenta que los requisitos para recibirlo son los siguientes:
- Tener entre 18 y 24 años y 11 meses de edad.
- Haber obtenido su licencia de enseñanza media hasta los 21 años.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.
- Acreditar una renta bruta inferior a $606.537 (pagos provisionales mensuales año 2023).
- Acreditar una renta bruta anual inferior a $7.278.446 pesos en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual 2023).
- Tener al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.
- Además, los trabajadores y trabajadoras dependientes tienen que:
- Regirse por el Código del Trabajo.
- Las personas trabajadoras independientes deben:
- Acreditar rentas, según lo indica el Nº 2 del artículo 42 de la ley sobre impuesto a la renta.
- Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud.