En el caso que una persona haya fallecido de tu familia, puedes acceder al beneficio estatal llamada Asignación por Muerte, la cual tiene la finalidad de cooperar con los gastos funerarios de las familias.
Las personas que quieran obtener este aporte económico, tienen que tener en cuenta que la persona fallecida tiene que haberse pensionado en el sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario o la actual Pensión Garantizada Universal (PGU).
La ayuda monetaria va variando, ya que esta se encuentra sometido al valor del sueldo mínimo en nuestro país. En este momento, el monto equivale tres ingresos mínimos, siendo $889.533 a los que se puede acceder con la Asignación por Muerte.
Estos son los requisitos que tiene la Asignación por Muerte
Las familias que estén interesadas en recibir esta bonificación, debe saber que lo pueden solicitar las personas naturales o jurídicas que hayan pagado los gastos funerarios del beneficiario que falleció, pero para recibirla el causante debe haber cumplido con estos requisitos.
- No debe registrar afiliación del Decreto Ley (DL) N° 3.500 a la fecha de la muerte.
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), es decir, obtuvo la pensión antes del 1 de febrero de 2022, fecha en que entró en vigencia la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Haya tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL, Subsidio de Cesantía, o Subsidio de Discapacidad.
- Haya sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales. En el caso de los pensionados o pensionadas de orfandad y convivencia, causarán el beneficio siempre que, además, hayan sido beneficiarios de Aporte Solidario a la fecha del fallecimiento.¿Cuáles son los requisitos de la Asignación por Muerte.
¿Qué documentos necesito presentar para obtener a la Asignación por Muerte?
Es muy imporatante que al momento de postular a este beneficio, tanto de manera presencial como online, tienen que contar con los siguientes documentos:
- La cédula de identidad.
- Un poder notarial en caso que un apoderado realice el trámite.
- Original y tercera copia timbrada por el Servicio de Impuestos Internos (SII)o copia legalizada ante notario de la factura extendida por la empresa funeraria.
- Su Clave Única
- En el caso de que hayan pasado más de 30 días desde el fallecimiento del beneficiario y si quien cobra la Asignación por Muerte es una persona natural, se debe contar con el Certificado de Sepultación que entrega el cementerio a cargo.