Conoce cómo apelar si no recibiste los $200.000 del Subsidio Protege

En caso de que no hayas recibido el pago de este beneficio durante esta jornada, es importante que sepas cómo apelar.

Subsidio Protege. ¿Cómo apelar si no recibí mi pago? (En La Hora)

La jornada de este lunes 11 de septiembre se realizará el último pago del Subsidio Protege, el cual corresponde al tercer pago para quienes postularon en junio.

Este beneficio entrega $200.000 por cada hijo o hija de entre 0 y 5 años que tengan las y los solicitantes a su cargo, siempre que sus empleadores no les garantice acceso a sala cuna.

En caso de que durante esta jornada no recibas tu pago del Subsidio Protege, es importante que sepas la razón y cómo puedes apelar para obtener el dinero.

¿Cómo apelar al Subsidio Protege?

Para apelar si no recibiste el dinero, primero debes conocer la razón por la cual no se realizó el deposito del beneficio ingresando al Expediente Protege Apoya.

Luego, para continuar con la apelación, deberás dirigirte al Buzón Ciudadano y seleccionar la opción “Subsidio Protege Apoya” y, en la descripción, indicar los motivos por los cuales realizas la apelación.

Cada motivo deberá ir acompañada de la documentación necesaria según sea el caso, los cuales puedes conocer en la sección de apelaciones.

Conoce cómo apelar si no recibiste el Subsidio Protege.
Conoce cómo apelar si no recibiste el Subsidio Protege.

¿Quiénes recibieron el beneficio?

Las personas que recibieron los pagos del Subsidio Protege son aquellas que al solicitar el beneficio cumplieron con estos requisitos:

  • Ser madre, padre o tener el cuidado personal de un niño o niña menor de cinco años.
  • Encontrarse ejerciendo funciones en calidad de trabajador dependiente o independiente.
  • No tener acceso al beneficio de sala cuna por parte del empleador.
  • Trabajadoras dependientes: deberán tener, al menos, cuatro cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas cuatro cotizaciones del mes previo a la postulación.
  • Trabajadoras independientes: tienen que haber cotizado como independiente en la operación renta 2022; o bien, en caso de ser independiente voluntario, cumplir con el requisito de los trabajadores dependientes.