El Subsidio de Cesantía es un beneficio del Estado dirigido para aquellas personas que se encuentran sin empleo por un periodo máximo de un año, entregándoles una ayuda económica mensualmente.
Este subsidio es entregado a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o dentro de las diferentes cajas de compensación, siendo diferente al Seguro de Cesantía entregado por las Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Quienes obtengan este aporte, pasarán a formar parte de los beneficiados por la Asignación Familiar y/o Maternal o la Asignación por Muerte, además, de acceder a asistencia médica gratuita, pero esta ayuda es incompatible con cualquier actividad remunerada
¿Cuándo podrías recibir un Subsidio de Cesantía de hasta $17 mil?
Aquellos trabajadores (as) que se encuentren cesantes y cumplan con los siguientes requisitos podrán cobrar el Sebsidio de Cesantía de hasta $17 mil
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía de hasta $17 mil?
Las personas que necesiten postular a este beneficio, debe hacerlo de manera presencial en las oficinas de Chile Atiende, presentando los siguientes documentos en la institución correspondiente:
- Cédula de identidad del interesado.
- Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en oficinas Chile Atiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
- Finiquito otorgado por el empleador. Puede ser, también: Copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
- Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
- Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (se deja una fotocopia en el expediente; es solamente para iniciar el trámite, pues la revisión mensual la hace el IPS).
¿Cuáles son los montos del Subsidio de Cesantía?
Los montos del Subsidio de Cesantía se otorgan por períodos de 90 días, renovables, si se acredita que persiste en su condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días, y según los siguientes tramos: