¿Qué debo hacer si no me pagan el aguinaldo de Fiestas Patrias?

Este beneficio genera un costo importante para los empleadores, que en el contexto de crisis económica que vive el país pueden decidir no entregarlo este año.

Aguinaldo de Fiestas Patrias. Revisa en la nota si los empleadores tienen la obligatoriedad de entregar este beneficio.

Se acercan las Fiestas Patrias y además de ser una de las fechas del año más esperadas por los chilenos, también contienen un factor económico necesario para miles de personas que buscan solventar algunos gastos con la entrega del correspondiente aguinaldo del 18 de septiembre, que se adjunta a sus liquidaciones de pago mensual.

Estos aportes monetarios están pactados bajo la Ley de Reajustes y normados por el artículo 10 del Código del trabajo. En particular, el aguinaldo para el sector público es obligatorio por ley para funcionarios de planta o a contrata, e incluye a aquellos que ya se han jubilado.

En el caso del aguinaldo para trabajadores del sector privado, se debe tener en cuenta que el empleador no tiene la obligación legal de entregarlo hasta el momento, pero es algo que actualmente se está discutiendo en la Comisión del Trabajo.

Por otro lado, este beneficio genera un costo importante para los empleadores, que en el contexto de crisis económica y alta inflación que vive el país pueden decidir no entregarlo este año o reducir su monto, y es acá donde nace sobre qué hacer si no lo pagan.

La diputada Carolina Marzán es una de las impulsoras de un proyecto de ley que busca que el aguinaldo sea obligatorio para todos los trabajadores de Chile este 2023.
La diputada Carolina Marzán es una de las impulsoras de un proyecto de ley que busca que el aguinaldo sea obligatorio para todos los trabajadores de Chile este 2023.

¿Qué debo hacer si no me pagan el aguinaldo de Fiestas Patrias?

El contador y CEO de BUFA, Andrés González Meza, señaló a En La Hora que “el Aguinaldo de Fiestas Patrias es un incentivo de la empresa hacia los trabajadores para agradecer toda su buena disposición en los primeros nueve meses del año y un incentivo adicional para hacer un cierre de año como se lo merecen”

Las personas deben saber es que su entrega inicial no es obligatoria, pero una vez que la empresa lo ha dado de manera constante o lo ha pactado de manera sindical o contractual, se transforma en una obligación para la empresa.

Para las personas que trabajan dentro del sector privado, “este aguinaldo es considerado parte de su renta, ya que es un motivo de entrega de dinero por el cual el trabajador puede hacer uso a su voluntad, a diferencia de los estipendios que tienen un uso esencial como la movilización y la colación”, agregó el CEO.

González finalmente refiere que si hay un incumplimiento contractual y por lo tanto la persona que se sienta vulneraba en sus derechos, puede acercarse a la dirección del trabajo para hacer el reclamo correspondiente.

Desde datos extraídos por la Dirección del Trabajo DT, la entrega de aguinaldos es una obligación para todos los empleadores que ya lo hayan otorgado en ocasiones anteriores, sin importar que no esté estipulado en contratos individuales o colectivos y en caso que haya trabajadores que se enfrenten a una negativa efectivamente pueden dirigirse a la Inspección y hacer la denuncia para que la entidad acuda a fiscalizar a la empresa comprometida, arriesgándose el empleador a posibles multas.