Conoce si recibirás hoy el pago mensual del Bono Mujer Trabajadora

Las trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos en la ley, podrán recibir sus pagos por un periodo de cuatro años.

Bono al Trabajo de la Mujer. Conoce si recibirás hoy el pago mensual del Bono Mujer Trabajadora. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

El Bono Mujer Trabajadora es uno de los beneficios que estableció el Estado para apoyar económicamente a las mujeres de hasta 59 años de edad.

Oficialmente conocido como Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), este es dirigido a trabajadoras que pertenezcan hasta al 40% más vulnerable de la población.

Para ello, este beneficio del Estado entrega pagos mensuales de $40 mil, a través de un depósito electrónico en la cuenta bancaria de la trabajadora.

Conoce si puedes recibir los pagos del Bono Mujer Trabajadora

Este jueves 31 de agosto comenzó la entrega del pago mensual del BTM, y para conocer si puedes recibir el aporte, deberás continuar con los siguientes pasos:

  • Ingresa al sitio web del BTM.
  • Digita tu Clave Única, Clave Tributaria o Clave Sence.
  • Selecciona en “Expediente electrónico”,
  • La plataforma indicará si tu solicitud fue aprobada o rechazada.

Cabe mencionar que, solo podrán recibir su primer pago mensual en agosto quienes realizaron su postulación en mayo de 2023.

En la plataforma de Sence podrás conocer si puedes recibir los pagos del Bono al Trabajo de la Mujer.
En la plataforma de Sence podrás conocer si puedes recibir los pagos del Bono al Trabajo de la Mujer.

Estos son los requisitos del Bono al Trabajo de la Mujer

El BTM está destinado a mujeres trabajadoras que tengan entre 25 y 59 años y que cumplan con estos requisitos:

  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares
  • Tener una ruta bruta mensual inferior a $606.537, o anual inferior a $7.278.446
  • Tener las cotizaciones al día
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado
  • En caso de ser trabajadora independiente, emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos.