Seguro de Cesantía: ¿Qué requisitos debo cumplir para cobrarlo?

La Administradora de Fondos de Cesantía entrega este subsidio solo para aquellas personas que actualmente se encuentran sin trabajo y cotizaron el seguro mensualmente.

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El Seguro de Cesantía es un subsidio que entrega la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) para aquellas personas que contaban con algún tipo de contrato laboral y que actualmente ya no tienen su calidad de trabajador.

Es el empleador quien debió cotizar mensualmente el 3% de las remuneraciones imponibles de sus empleados basándose en el tipo de contrato, lo cual tiene carácter obligatorio bajo la Dirección del Trabajo.

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A esta ayuda monetaria podrá acceder el usuario del sistema, siempre y cuando esté atravesando un periodo sin trabajo, y sólo podrá retirar el dinero acumulado de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), mediante giros mensuales según el porcentaje de la remuneración que recibía.

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el Seguro de Cesantía?

Los requisitos para poder cobrar el Seguro de Cesantía son:

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  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar cesante, condición acreditada mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según sea su caso. Puede revisar el listado completo de otros documentos aquí.
  • Para contrato indefinido o trabajador de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio. En caso de ser su primera solicitud, se contará desde su afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

¿Qué montos entrega el Seguro de Cesantía?

Los montos del Seguro de Cesantía corresponden a giros mensuales de su Cuenta Individual de acuerdo con los siguientes porcentajes de la remuneración según los últimos 12 meses:

  • Primer mes: 70%
  • Segundo mes: 55%
  • Tercer mes: 45%
  • Cuarto mes: 40%
  • Quinto mes: 35%
  • Sexto mes o superior: 30%

¿Dónde cobrar el dinero del Seguro de Cesantía?

Para cobrar el dinero del Seguro de Cesantía usted debe:

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Usted podrá revisar en el sitio web de AFC cuando su solicitud sea aprobada además de fecha y forma de pago. Esta información también puede solicitarla en cualquiera de las sucursales de AFC.

También puede acudir de manera presencial a una sucursal de la AFC con su cédula de identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.

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