A diferencia de los diferentes aportes para madres que hay en el país, entregados incluso desde el período de gestación, existe una ayuda económica que es adjudicada luego de cumplir la edad de la pensión: el Bono por Hijo.
Este es un beneficio estatal que entrega un monto variable para cada beneficiaria, ya que depende de varios factores.
Además, para solicitar el Bono por Hijo, es crucial cumplir con varios requisitos, definidos por el Instituto de Previsión Social (IPS), organismo que paga el beneficio.
Consulta con tu RUT si recibes el Bono por Hijo
Para saber si reciber el Bono por Hijo solo necesitas tu RUT y realizar los siguientes pasos:
- Ingresa a IPS en Línea
- Selecciona el recuadro azul de “Personas”
- Digita posteriormente su RUT y pulse en “Consultar”
- Selecciona el recuadro “Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y “Bono por Hijo”
- La plataforma posteriormente te indicará si eres beneficiaria.
¿Cuáles son los requisitos del Bono por Hijo?
Estos son los antecentes requeridos para cobrar este beneficio:
- Tener 65 años de edad cumplidos.
- Contar con la residencia en el territorio chileno por 20 años a partir de los 20 años de edad. Para aquellas que fueron exiliadas y están registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática se les contarán los años en el extranjero.
- Haber vivido en Chile, al menos 4 años de lis últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- No haber tenido una pensión antes del 1 de julio del 2009, ya sea por estar en alguna AFP, para quienes reciban Pensión Garantizada Universal (PGU) o para aquellas que, sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgado por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS).
¿Cuánto paga el Bono por Hijo?
Estos son los factores que inciden en el monto adjudicado a cada beneficiaria del Bono por Hijo:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio del año 2009, se considera el ingreso mínimo vigente en dicha fecha, que corresponde a $165.000.
- Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo que se considera es el vigente durante el mes de nacimiento.