El 1 de enero del 2023 entró en vigencia la Ley N°21.420, que grava los servicios con el pago de IVA. El impuesto aplicado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) es del 19% a todas las personas que prestan algún tipo de servicios.
En paralelo, la nueva ley eximió del pago de IVA a los servicios ambulatorios de salud; incluidas las consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros.
Además, dejó una puerta abierta hasta el 30 de junio para eximir a otros servicios. Para eso, tienen que constituir ante el SII las denominadas Sociedades de Profesionales, siempre que cumplan con una lista de requisitos. Ese plazo fue extendido hasta el próximo 31 de diciembre.
¿Quiénes están afectos al IVA si no pasan a ser sociedades de profesionales?
Aquellos que prestan:
- Consultoría realizada por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros).
- Servicios de diseño.
- Servicios de cobranzas.
- Servicios de desarrollo de software.
- Servicios audiovisuales.
- Servicios de administración y dirección.
- Servicios de gerenciamiento (empresas de un mismo holding o a terceros).
- Servicios de domicilio virtual.
- Servicios de adecuación técnica, diseño y desarrollo de software, mantención y soporte remoto.
- Servicios de creación y filmación de pieza audiovisual.
- Servicios de guardería de perros.
- Servicios de asistencia en viajes.
- Entre otros.
¿Cuáles son los requisitos para constituir una Sociedad de Profesionales ante el SII?
- Ser una Sociedad de Personas, es decir, de responsabilidad limitada o colectiva civil.
- Que su objetivo exclusivo sea la prestación de servicios o asesorías profesionales.
- Las profesiones de los socios deben ser idénticas, similares, afines o complementarias.
- Todos los socios deben ser personas naturales o sociedades de profesionales.
- No haber emitido documentos afectos a IVA desde el 1 de enero de 2022.
¿Dónde registrar una Sociedad de Profesionales?
Sigue estos pasos para hacer el registro por Internet:
- Ingresa a la sección de Servicios Online de la página del Servicio de Impuestos Internos.
- Entra con tu RUT y Clave Tributaria.
- Ve a Actualización de información.
- Pulsa en Registro Extraordinario Sociedades de Profesionales.
- Sigue los pasos que indica el SII.
De esa manera, habrás iniciado el registro de una Sociedad de Profesionales.