Bono Mujer Trabajadora: ¿En qué fecha se realizará el pago anual de este beneficio?

Todas las mujeres trabajadoras pueden acceder a este beneficio si cumplen con todos los requisitos.

Bono al Trabajo de la Mujer. Revisa la fecha de pago de este beneficios. Créditos: Pexels

El Bono Mujer Trabajadora o el Bono al Trabajo de la Mujer es un aporte económico que entrega el Estado que está destinado a las mujeres que laburen tanto de forma dependiente como independiente.

Este beneficio está dirigido a las mujeres entre 25 y 59 años que formen parte del 40 % de la población de menores ingresos de país según el Registro Social de Hogares (RSH).

El monto que otorga este aporte es de $40.436 de forma mensual y $570.825 de manera anual, dependiendo de las rentas brutas percibidas.

¿Cuál es la fecha de pago de la modalidad anual del Bono Mujer Trabajadora?

Tal como todos los años, el pago anual del Bono a la Mujer Trabajadora para este 2023 se deposita durante todo el mes de agosto.

Sin embargo, como no existe una fecha exacta establecida, se debe esperar a la información que entregue el SENCE, aunque generalmente se entrega a final de mes.

El Bono al Trabajo de la Mujer es entregado por el Sence. Créditos: ATON
El Bono al Trabajo de la Mujer es entregado por el Sence. Créditos: ATON

¿Cuáles son los requisitos del Bono Mujer Trabajadora?

Todas aquellas mujeres interesadas en recibir este beneficio, deben cumplir con los siguientes requerimientos establecidos previamente a la solicitud:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
  • Existen 2 formas de pago; anual y mensual
    • Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
    • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).