El Bono al Trabajo de la Mujer o Bono Mujer Trabajadora es un beneficio económico que entrega el Estado a las trabajadoras que laburen tanto de forma dependiente como independiente.
Esta bonificación está dirigido a las mujeres entre 25 y 59 años que pertenezcan al 40 % de la población de menores ingresos de país, esto según el Registro Social de Hogares (RSH).
El monto que otorga este aporte es de $40.436 de forma mensual y $570.825 de manera anual, dependiendo de las rentas brutas percibidas.
¿Cómo saber la fecha de pago o si soy beneficiario del Bono al Trabajo de la Mujer?
Para saber la fecha de pago o si eres beneficiaria del Bono Mujer Trabajadora tienes que ingresar sitio web de Sence.
Después, debes iniciar sesión con tu Clave Única, Clave Tributaria o Clave Sence y seleccionar “Tu cuenta” para posteriormente “Ir a tu cuenta” y encontrarás tu Expediente Electrónico.
Cuando ya te encuentren en el sitio, aparecerá tu solicitud así como el estado de la misma. Si esta fue rechazada, puedes conocer también directamente el motivo de esto para realizar luego una apelación mediante el Buzón Ciudadano en el caso de ser necesario.
¿Cuáles son los requisitos de este beneficio?
Aquellas mujeres que estén interesadas en postular al Bono Mujer Trabajadora, deben cumplir con los siguientes requerimientos establecidos previamente:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
- Existen 2 formas de pago; anual y mensual
- Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
- Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
- En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).