Subsidio DS1: ¿Cuándo será el segundo llamado para postular?

En caso de que no hayas logrado solicitar el beneficio en el primer llamado, es importante que sepas cuándo se volverán a habilitar sus postulaciones.

Subsidio DS1. Conoce la fecha en la que se habilitará el segundo llamado. (Freepik)

El Subsidio DS1 es una de las ayudas que ofrece el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) para que las familias puedan acceder a su primer hogar propio.

A través de este beneficio, quienes lo soliciten y cumplan con los requisitos podrán acceder a la compra de una vivienda (nueva o usada) o su construcción.

El primer llamado para postular al Subsidio DS1 finalizó en abril, por lo que muchas personas que no alcanzaron a solicitar se preguntan cuándo realizarán el segundo llamado.

¿Cuándo se podrá volver a postular al Subsidio DS1?

Si bien desde el Minvu no se ha informado la fecha exacta para la solicitud en el segundo llamado de este beneficio, sí se tiene una fecha aproximada.

Según lo indicado en el calendario de llamados para la postulación de subsidios de este 2023, las siguientes postulaciones al Subsidio DS1 serán en noviembre, durante las últimas dos semanas de dicho mes.

Conoce cuándo se podrá volver a postular al beneficio.
Conoce cuándo se podrá volver a postular al beneficio.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Las personas que pueden solicitar el Subsidio DS1 deben cumplir con los siguientes requisitos para poder recibirlo:

  • Tener 18 años o más.
  • Contar con cédula de identidad vigente o cédula de identidad para extranjeros con permanencia definitiva y certificado de permanencia emitido después del 1 de enero de 2021.
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses, abierta hasta el último día del mes anterior al de la postulacion.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Si el RSH es superior al 90% deberá cumplir con el límite de renta establecido.
  • Tener Clave Única para postular en línea.
  • En caso de postular de forma colectiva:
    • Tener un mínimo de 10 integrantes.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
    • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.