El Subsidio Maternal es un aporte monetario que entrega el Estado que se entrega a trabajadoras y trabajadores inscritos en el 60% del Registro Social de Hogares.
Las personas deben cumplir con ciertos requisitos establecidos y es un beneficio para quienes tienen derecho a licencia médica; Prenatal y prenatal suplementario, postnatal y prenatal prolongado, postnatal parental y el permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.
Si trabaja de forma dependiente, debe gestionar su licencia médica en papel o electrónicamente a través de su empleador; y si trabaja independiente, tiene que realizar el trámite en su Isapre o la COMPIN
¿Qué montos entrega el Subsidio Maternal?
Si eres trabajador dependiente o independiente bajo licencia médica y resultas beneficiario del Subsidio Maternal, recibirás en dinero lo correspondiente a tu salario mensual.
No obstante, este beneficio se paga por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica, si esta es superior a 10 días; o desde el cuarto día, si fuere igual o inferior a 10 días.
Además, el monto diario del subsidio no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales, es decir:
- Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (desde el 1 de agosto de 2022): $257.836.
- 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $128.918.
- Trigésima (30ª) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $4.297 (monto mínimo del subsidio).
¿Cuáles son los requisitos para optar al Subsidio Maternal?
- Ser trabajadora o trabajador dependiente del sector privado o público.
- Tener seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
- Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
- Contrato laboral vigente.
Para las Trabajadoras dependientes con contratos por día, turnos o jornadas:
- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
- 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.
- Contrato de trabajo vigente.
Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:
- 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
- Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.
- Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.
Si usted es trabajador del sector público, tiene derecho a todos los descansos y permisos. Eso implica la mantención del sueldo, sin la necesidad del Subsidio Maternal, siempre que la relación laboral se mantenga.