El IMG, o Ingreso Mínimo Garantizado, es un beneficio estatal entregado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia que tiene por objetivo que todas las empleadas y empleados que tengan un salario mínimo líquido de $379.793.
Para recibirlo, tu contrato laboral deberá estar sujeto al Código del Trabajo y cumplir una jornada ordinaria, es decir, más de 30 y hasta 45 horas semanales.
Como máximo entrega $66.893, y está disponible para ser solicitado durante todo el año, siempre y cuando cumplas los requisitos. Además, tu empleador también tiene la posibilidad de hacer el trámite por ti.
¿Cómo postular al IMG para recibir hasta $66 mil?
Si eres tú quien realizará la postulación y no tu jefe, tendrás que seguir estos pasos para postular al subsidio:
- Ingresa al sitio web del IMG.
- Una vez allí, verás la sección “Postular” a la derecha de tu pantalla. Ingresa tu RUT, fecha de nacimiento y número de documento de tu cédula de identidad. Completa el captcha y selecciona nuevamente “Postular”.
- También podrás iniciar sesión con tu Clave Única.
- Completa la información solicitada e ingresa tus datos bancarios. Si no tienes una cuenta en la que se te pueda pagar el bono, podrás abrir una Cuenta RUT en el mismo formulario.
- Marca que leíste la declaración jurada y aceptas sus condiciones.
- Envía el documento. Recibirás el comprobante de tu solicitud directamente en tu correo.
Recuerda que para realizar este proceso, deberás cumplir con estos requisitos, o no se te entregará el aporte:
- Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $497.272 pesos.
- El contrato debe ser con una jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
¿Dónde y cómo se paga el IMG?
En caso de que tu solicitud sea aprobada, comenzarás a recibir el IMG durante los últimos 5 días hábiles del mes siguiente a esta, siendo este el mecanismo que regirá también para el resto de los pagos.
Así, en junio se cobra entre el 26 y 30, mientras que en julio, el 25, 26, 27, 28 y 31, ya que sábado y domingo no se consideran como hábiles, así como tampoco los feriados.
En cuánto al cómo se paga, este llegará directamente a tu cuenta mediante una transferencia bancaria. También puedes ir a buscar el dinero de forma presencial a sucursales Banco Estado o ServiEstado (no incluye Cajas Vecinas).