Asignación Familiar: Conoce en qué fecha recibirás hasta $20.328

La Asignación Familiar se paga según el sueldo de los y las beneficiarias junto a la devolución de impuestos, la pensión o con las cotizaciones correspondientes.

Asignación Familiar ¿Cuándo es la próxima fecha de pago? Créditos: ATON.

La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos establecidos.

Entrega un monto por cada carga familiar acreditada, el que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario, ya que si este gana más de $955.444 pesos, no tiene derecho al beneficio.

Por otro lado, quienes reciban el aporte monetario por causal de invalidez, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.

¿Cuándo es la siguiente fecha de pago de la Asignación Familiar?

A diferencia de otros beneficios del Estado, la Asignación Familiar no tiene un calendario de pagos estipulado, ya que la fecha dependerá de cada beneficiario.

De hecho, algunos lo reciben de forma mensual, mientras que otros lo hacen de forma anual. Asimismo, la forma de pago también varía.

Por esto, el IPS junto a Chile Atiende habilitaron una plataforma en la que podrás consultar cuándo te corresponde recibir tu dinero.

Solo bastará con escribir tu RUT, ante lo cual se te informará tanto del día de cobro, como el monto a recibir y el método de pago.

Consulta con tu RUT tu fecha de pago. Créditos: Chile Atiende.
Consulta con tu RUT tu fecha de pago. Créditos: Chile Atiende.

¿Cómo funcionan los pagos de la Asignación Familiar?

Primero que todo debes saber que el monto que te corresponde se basa en el ingreso que percibas, siento estos los valores:

  • Ingreso mensual hasta $429.899: $20.328
  • Ingreso mensual entre $429.900 y $ 627.913: $12.475
  • Ingreso mensual entre $ 627.914 y $ 979.330: $3.942
  • Ingreso mensual a partir a $979.331: 0

En la misma línea, se paga de la siguiente forma:

  • Trabajadores dependientes: Es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: En la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotiza por cuenta propia: Cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: Paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por Cesantía: Se paga junto al subsidio.