Garantía Estatal de pensiones: ¿Qué es y cuáles son los requisitos para obtenerla?

Según el tipo de pensión, las condiciones para obtenerla van cambiando.

Garantía Estatal de pensiones Conoce los detalles de este aporte. Créditos: ATON

Tal como indica su nombre, la Garantía Estatal de pensiones es un complemento económico que llega a las y los pensionados con el fin de que puedan alcanzar el monto mínimo de pensión vigente.

Según la Superintendencia de Pensiones, además lo anterior, esta puede ser solicitada por las personas afiliadas al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP cuyo saldo se haya agotado tras haber financiado sus pensiones bajo la modalidad de retiro programado.

Dependiendo del tipo de persona pensionada, los requisitos para tenerla irán cambiando. A continuación te los explicamos.

Conoce las condiciones para tenerla. Créditos: ATON
Conoce las condiciones para tenerla. Créditos: ATON

Garantía Estatal de pensiones: Requisitos y como solicitarla

Según lo entregado por las AFP Hábitat y Provida, los requisitos para la Garantía Estatal irán variando según sea la pensión en sí.

Para solicitarla, se deberá suscribir la Solicitud y Declaración de Garantía del Estado en la AFP o compañía de seguro de la que se reciba la pensión.

Los requisitos de cada una de estas son los siguientes:

Pensión por vejez:

  • Hombres mayores de 65 y mujeres mayores de 60 años.
  • Tener mínimo 20 años de cotización en cualquier sistema previsional y un ingreso bajo la pensión mínima vigente.

Pensión por invalidez:

  • Que la Comisión Médica haya declarado a la persona como inválida.
  • Cumplir con un mínimo de cotización según el Compendio de Normas del Sistema de Pensiones.
  • Que la suma de los ingresos sea menor a la pensión mínima actual.

Pensión de sobrevivencia

  • Ser beneficiario de una persona pensionada o que hubiera fallecido estando afiliada al sistema de AFP.
  • El afiliado fallecido debe también cumplir con el número mínimo de cotizaciones detalladas anteriormente.
  • La suma de todos los ingresos de la persona beneficiaria no puede ser mayor a la pensión mínima vigente.