El Subsidio Maternal es un beneficio que se entrega a personas embarazas que presenten: prenatal y prenatal suplementario; postnatal y postnatal prolongado; postnatal parental; y permiso por enfermedad grave de un niño/a menos de un año.
Asimismo, se paga como reemplazo a la renta de la trabajadora o trabajador, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley.
En la misma línea, el subsidio se paga por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica, si esta es superior a 10 días; o desde el cuarto día, si fuese igual o inferior a 10 días.
¿Quiénes pueden recibir el Subsidio Maternal?
Trabajadoras dependientes, del sector privado o público, que tengan:
- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de licencia.
- Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
- Contrato de trabajo vigente.
Cabe destacar que las trabajadoras dependientes del sector público tienen derecho a todos los descansos y permisos. Durante este período tienen derecho a la mantención del sueldo, no al subsidio, siempre y cuando se mantenga vigente la relación laboral.
Trabajadoras dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, que tengan:
- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
- 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.
- Contrato de trabajo vigente.
Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:
- 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
- Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.
- Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.
Es importante recordar que las trabajadoras independientes voluntarias deben acreditar que desarrollan actividades que les generan ingresos y que estas se encuentran vigentes, presentando su último pago de IVA, boletas de honorarios, patente comercial u otro documento.
Si desarrollan actividades exentas de impuestos (que no tienen obligaciones tributarias) deben acreditarlas presentado dos declaraciones juradas de personas a las que le hayan prestado servicios.
Trabajadoras independientes obligados a cotizar:
- Deben acreditar esta calidad presentando el comprobante de pago de sus cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Quedan exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta hasta el 30 de junio del año siguiente.
¿Cómo solicitar el Subsidio Maternal?
En caso que estés embarazada y no seas carga familiar de tu pareja, debes dirigirte al municipio que corresponde a tu domicilio con la agenda de controles prenatales, cédula de identidad, certificado de residencia y certificado de embarazo.
Además, debes gestionar tu licencia médica en papel o electrónica a través de su empleador o empleadora. Mientras que si eres independiente debes obtenerla mediante la Isapre o la Compin (si estás afiliada a Fonasa).
Una vez que reúnas estos documentos, deberás acercarte a tu municipalidad, explicar el motivo de tu visita y entregar los certificados solicitados.