Pensión Básica Solidaria de Invalidez: Revisa cuándo recibirás el pago de $206.000

Con este beneficio se busca apoyar a las personas que tengan una discapacidad o invalidez acreditada.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez ¿Cuándo recibiré el pago del beneficio? Créditos: Freepik (Freepik)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un aporte monetario que pueden recibir las personas que tengan entre 18 y 65 años que tengan alguna discapacidad o invalidez acreditada.

Esta ayuda otorga mensualmente a sus beneficiarios un pago de $206.173, monto que se reajusta cada año en variación al IPS de los últimos doce meses.

Las personas que obtengan la PBSI recibirán su pago hasta el último día del mes que cumplan 65 años, luego de esto podrán recibir de forma automática la Pensión Garantizada Universal (PGU).

¿Cómo saber cuándo recibo la Pensión Básica Solidaria de Invalidez?

La entrega de este beneficio no tiene una fecha especifica, sin embargo, las personas pueden consultar de forma fácil y rápida a través de una plataforma habilitada por el IPS.

Solo deben ingresar al sitio de consultas de ChileAtiende, digitar su RUT y pulsar en “Consultar”. El sitio les dirá de forma automática el día en que obtendrán su pago.

Además, a través de esta página también puede conocer la forma de pago por la cual obtendrán el beneficio, ya sea por transferencia o pago presencial.

Revisa quiénes pueden recibir el beneficio. Créditos: Freepik
Revisa quiénes pueden recibir el beneficio. Créditos: Freepik

¿Quiénes reciben el beneficio?

Las personas que pueden recibir la Pensión Básica Solidaria de Invalidez son aquellas que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional.

Asimismo, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tengan desde 18 y hasta menos de 65 años de edad.
  • No tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
  • Hayan sido declaradas con invalidez por las comisiones médicas definidas en el Decreto Ley (DL) Nº 3.500.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 80% más pobre de la población, determinado por el puntaje de focalización.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.