El Bono Sala Cuna o Subsidio Protege es un aporte que entrega $200 mil a trabajadoras a quienes sus empleadores no garantice derecho a sala cuna.
Este monto se otorga por cada menor a 5 años durante tres meses, por lo que, por ejemplo, en caso de tener una niña de 2 y un niño de 4, podrás cobrar mensualmente $400 mil, llegando a un total de $1.200.000.
Los montos deben ser utilizados por completo para el cuidado del infante y, momentáneamente, marzo será el último mes en el que se podrá postular a este beneficio.
Revisa cómo postular al Bono Sala Cuna 2023
Hasta el 31 de marzo, podrás solicitar el Bono Sala Cuna ingresando al sitio web del Subsidio Protege. Allí, sigue estos pasos:
- Inicia sesión con tu Clave Única.
- Selecciona “Postular”.
- Completa los datos requeridos, acepta la declaración y términos y envía la postulación.
- Hecho esto, ya habrás solicitado el Bono Sala Cuna. Recibirás la respuesta a tu requerimiento a través de tu correo electrónico, y puedes revisar también el estado del mismo en la sección “expediente” de la misma plataforma.
Bono Sala Cuna 2023: ¿Cuáles son los requisitos para recibir este aporte?
Pueden recibir el Bono Sala Cuna todas las madres o padres trabajadores, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de una niña o niño menor de cinco años, siempre y cuando cumplan estos requisitos:
- Haberse reincorporado efectivamente al trabajo, ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.
- Cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones:
- Trabajadoras dependientes: tener cuatro cotizaciones (salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas cuatro cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación. Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones:
- Que se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud
- Que las cotizaciones de AFP y salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales.
- Trabajadoras independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2022) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.
Por su parte, este aporte es incompatible con personas que:
- Se encuentren con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental.
- Estar haciendo uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
- Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
- En el caso de niños menores de dos años, estar contratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
- Sean funcionarias o funcionarios en instituciones del sector público.
- Sean madres extranjeras que no cuenten con RUN definitivo.
- Niños y niñas, extranjeros, que no estén inscritos en el Servicio de Registro Civil e Identificación. No son válidos los certificados de nacimiento emitidos del país de origen, aunque estén apostillados.