La Asignación Familiar es un beneficio del Estado que pertenece al Sistema de Prestaciones Familiares, el que está dirigido a personas que coticen mes a mes en algún sistema previsional, ya sea en AFP o ex caja de compensaciones fusionada con el IPS.
Además, y gracias al reajuste al sueldo mínimo, este aporte aumentó el valor de sus montos durante el mes de agosto, los que van ligados a la cantidad de cargas familiares que una persona posea.
Junto a esta ayuda, se entregan además el Subsidio a la Canasta Básica y el Bono Chile Apoya Invierno, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos.
Asignación Familiar: Revisa los montos para este mes
Los montos que tendrá este aporte para el mes de septiembre, según la información entregada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, son los siguientes, dependiendo del tramo correspondiente:
Ingreso mensual menor o igual a $419.414: $16.418 por carga.
Ingreso mensual entre $419.414 y $612.598: $10.075 por carga.
Ingreso mensual entre $612.598 y $955.444: $3.184 por carga.
¿Cuál es la fecha de pago de la Asignación Familiar?
Dependiendo de la persona que reciba esta ayuda, la fecha de pago variará, según estas condiciones:
Trabajadores dependientes: Es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: Se paga en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: Cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
Pensionados: Paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
Subsidiados por cesantía: Se paga junto al subsidio.
Revisa quiénes son los que reciben la Asignación Familiar
Quienes reciben este subsidio, recibirán montos dependiendo de la cantidad de personas que vivan a sus expensas, mientras cumplan con los requisitos, y se entrega a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados.
En este sentido, quienes tienen derecho a recibirlo son los siguientes grupos:
Trabajadores dependientes, sector público y privado.
Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
Pensionados de cualquier régimen.
Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
Para que la persona sea beneficiaria, debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares, trámite que se realiza ante el organismo que administra estas cargas del trabajador (cajas de compensaciones, AFP, IPS, entre otras entidades).