Subsidio Único Familiar: Aquí puedes consultar con tu RUT la fecha y forma de pago del SUF

El monto del Subsidio Familiar corresponde a $16.418 por cada carga familiar, mientras que por las personas con discapacidad se entrega el doble, es decir, $32.836.

El Subsidio Único Familiar (SUF), también conocido solo como Subsidio Familiar, es uno de los beneficios del Estado destinados a personas de escasos recursos, a quienes se les entrega un monto mensual por sus cargas familiares. 

Uno de sus principales requisitos es pertencer al 60% más vulnerable, de acuerdo a la calificación socioeconómica que otorga el Registro Social de Hogares (RSH). 

Además, las embarazadas pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en dejan de recibir el Subsidio Único Familiar, al pasar a ser "causante madre". Cabe destacar que cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Cuál es el monto de pago del Susbidio Único Familiar?

Este 2022 el monto del SUF corresponde a $16.418 por cada carga familiar (causante). Sin embargo, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble, es decir, $32.836.

Cabe destacar que las y los beneficiarios del SUF también pueden recibir el Bono Canasta Básica, el Bono Invierno de $120 mil y el Aporte Familiar Permanente.

No obstante, si eres una persona beneficiaria del Subsidio Familiar no puedes recibir los siguientes beneficiosAsignación Familiar, Asignación MaternalPensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años y con la Pensión Garantizada Universal (PGU), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.

¿Cómo consultar con el RUT la fecha y forma de pago del Subsidio Familiar?

El IPS, en conjunto con ChileAtiende, tienen habilitada una página web donde puedes conocer la fecha y forma de pago del Subsidio Único Familiar, así como de otros beneficios IPS. Para ello, sigue los siguientes pasos:

  • Ingresa a mi.chileatiende.gob.cl/tramites/5212.
  • Escribe tu RUT en la casilla correspondiente.
  • Haz clic en "consultar". Allí se te informará cuándo se realiza el pago del SUF y la forma en que se te entregará el dinero (pago presencial o depósito en tu cuenta bancaria).

¿Cuáles son los requisitos para postular al SUF?

Para ser beneficiaria o beneficiario se debe cumplir primero con los requisitos de las personas que generan el Subsidio Familiar (causantes). Además, este aporte se paga en cierto orden de prioridad a las personas beneficiarias.

¿Quiénes son causantes del SUF?

Se considera causante (carga familiar) de este beneficio a quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria. Este es el listado:

  • Menores hasta los 18 años de edad.
    • Deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud (Minsal) para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
    • Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud (Minsal) para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
  • Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
  • La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación).

Es importante señalar que las personas causantes del Subdiio Familiar pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

¿Quiénes son beneficiarios/as del Subsidio Único Familiar?

Son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

¿Cómo postular al Subsidio Único Familiar?

Para realizar la postulación debes dirigirte a la municipalidad correspondiente a tu domicilio, donde deberás indicar que estás allí para solicitar el Subsidio Familiar.

Por lo general, debes presentar los siguientes documentos para hacer la postulación:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.
  • Fotocopia de carnet de control de niño sano, al día, de las y los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de las y los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores de edad y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

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