El Bono por Hijo es un subsidio que entrega el Estado, estando dirigido a aquellas madres mayores de 65 años que cumplan con ciertos requisitos.
La postulación a este aporte se puede realizar a través del sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS) en caso de querer hacerlo a través de internet. Si se prefiere hacer presencialmente, es necesario acercarse a la institución previsional a la que la beneficiaria pertenezca (AFP) o al Centro de Atención ChileAtiende del IPS más cercano.
En caso de que la mujer cumpla con los requisitos, pero no cuenta con los recursos para cotizar, puede solicitar la Pensión Garantizada Universal y tendrá de igual manera derecho a recibir esta ayuda.
En cuanto al monto que entrega este bono, dependerá del número de hijos o hijas que hayan nacido o hayan sido adoptados por la madre.
Bono por Hijo: ¿Cuáles son los requisitos para recibirlo?
Para recibir esta ayuda, debes cumplir con dos tipos de requisitos, generales y específicos.
Requisitos generales
Tener 65 o más años.
Residir en Chile por un periodo de 20 años, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Estos pueden ser consecutivos o discontinuos.
Haber residido en Chile durante los cinco años anteriores a la solicitud del bono.
Requisitos específicos
Estar afiliada a una AFP y no estar afiliada a otro régimen.
Ser beneficiaria de una Pensión Básica Solidaria.
Las mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS).
¿Cómo se postula al Bono por Hijo?
A través de internet
Para inscribirte al Bono por Hijo, deberás ingresar al sitio web IPS en Línea. Allí, tendrás que digitar tu RUT y hacer clic en "Ingresar". Luego, pulsa el botón "Bono" y selecciona "Bono por Hijo". Ingresa la solicitud en el cuadro que se despliega y luego tu Clave Única.
Una vez realizado esto, deberás completar los antecedentes solicitados, y ya habrás concluido el proceso de postulación a este subsidio.
Presencialmente
Si prefieres realizarlo de manera presencial, deberás seguir los siguientes pasos:
Primero, reúne los antecedentes requeridos.
Con ellos, dirígete a la institución previsional en la que estés afiliada (AFP) u oficina ChileAtiende más cercana.
Allí, explica el por qué de tu visita: solicitar el Bono por Hijo.
Entrega los documentos, ante lo cual recibirás una copia de tu requerimiento.
Con esto, habrás solicitado el beneficio.
¿Cuál es el monto que entrega el Bono por Hijo?
El dinero que entrega el Bono por Hijo corresponde al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, y la fecha de nacimiento de la carga familiar, será el valor base para el cálculo del monto.
Como ejemplo, en el caso de que el hijo o hija haya nacido antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165.000).
En cambio, si nacieron después de esa fecha, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de nacimiento. Por lo que, si el hijo nace desde agosto de este año, el calculo se realizará tomando en cuenta el último reajuste realizado a los salarios, es decir, $400.000.
Bono por Hijo: ¿Es heredable este subsidio?
Esto dependerá del caso en el que se encuentre la beneficiaria. Si la mujer es afiliada a una AFP y no había cumplido los 65 años, el bono no forma parte de su herencia, según indica el IPS. Pero si ya había cumplido esa edad (y por tanto el aporte incrementó su pensión), sí estará considerado dentro de su herencia.
"Ahora, cuando la calidad inicial de la mujer ha sido de PBS vejez (ahora Pensión Garantizada Universal), al fallecer esta bonificación no es heredable ya que no ha ingresado al patrimonio de ésta, a diferencia de lo que sucede con la Cuenta de Capitalización Individual de AFP", explica la entidad.
¿Qué vigencia tiene el Bono por Hijo?
Existen dos casos para saber hasta cuándo se entrega este beneficio:
Mujeres afiliadas a una AFP: El bono se pagará junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto.
Beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (ahora PGU) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP o por el IPS a contar del 1º de julio de 2009: El bono se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.