El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), o también conocido como Bono Mujer Trabajadora, consiste en un aporte monetario que se entrega a mujeres trabajadoras de entre 25 y 59 años.
Aquellas personas que cumplan con los requisitos y resulten beneficiarias de esta bonificación, lo podrán recibir por un máximo de cuatro años, siempre y cuando sigan cumpliendo con estos..
Por otra parte, para cobrarlo puedes elegir la modalidad de pago mensual o anual. Esta última se entregó el pasado 9 de septiembre, sin embargo hay muchas mujeres que no lo recibieron. Si este es tu caso, a continuación te contamos cómo apelar.
¿Por qué no recibí el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer?
Antes de apelar por el no pago del bono debes asegurarte de cumplir con los requisitos. Si de todas formas no lo recibiste, revisa a continuación cuáles son los posibles motivos por los que no se depósito:
Pertenece a empresas con aporte estatal correspondiente al 50% de remuneraciones.
Supera la renta bruta anual de $5.858.599. (Valor corresponde al año 2020 se reajusta anualmente)
Sus cotizaciones previsionales no fueron pagadas dentro de los plazos.
Cumplió la edad máxima establecida para recibir el Subsidio al Empleo Joven (18 a 25 años).
Cumplió la edad máxima establecida para recibir el Bono al Trabajo de la Mujer (25 a 59 años).
Además, si tu el pago aparece en revisión quiere decir que no ha sido cursado debido a que sus datos previsionales están siendo evaluados por los organismos que, según la Ley, deben validar la información. La resolución de tu situación será informada vía correo electrónico o carta certificada, según corresponda.
¿Cómo apelar si no recibí el BTM?
Para poder apelar, solo debes seguir los pasos que te detallaremos a continuación:
Reúne toda la documentación (detallada más adelante) que respalde o acredite tu apelación sobre el pago del beneficio
Ingrese a tu cuenta a través de este link.
Haz clic en la opción "solicitudes".
Llena el formulario con los antecedentes requeridos adjuntando la información de respaldo.
Documentación
Para apelar debes presentar la siguiente documentación:
Documentación que acredite cotizaciones de pensión. Es decir, el Certificado emitido por tu AFP, que incluya el pago de la cotización y la remuneración imponible correspondiente a cada mes.
Documentación que acredite cotizaciones de salud, o sea, el certificado que indica el pago de cotizaciones emitido por Fonasa o Isapre.
En caso de tener licencia médica, debes presentar el certificado de Inhabilitación Laboral o de Listado Maestro emitido por la entidad que pagó la licencia.
Una vez que hagas tu apelación hay un plazo de respuesta es de 90 a 120 días hábiles y los resultados llegarán al correo electrónico informado.